Circular 100_003 de 2018 PGN
CIRCULAR 100-003 DE 2018
(Julio 25)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACION
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Bogotá D.C.,
PARA: | REPRESENTANTES LEGALES DE LAS ENTIDADES DE LA RAMA LEGISLATIVA, EJECUTIVA Y JUDICIAL, ORGANIZACIÓN ELECTORAL, ÓRGANOS AUTÓNOMOS Y DE CONTROL. |
DE: | PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN Y DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. |
ASUNTO: | Aplicación Ley 581 del 2000 - Ley de Cuotas / Vigilancia Preventiva |
Con el propósito de evaluar la participación efectiva de la mujer en los niveles decisorios de la administración pública y de presentar el informe al Congreso de ¡a República sobre la provisión de cargos y el porcentaje de participación de las mujeres en cada rama y órgano de la administración pública (artículo 12 de la Ley 581 del 2000), se requiere que las entidades reporten la información respectiva en el siguiente enlace:
https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSe5kZcJQ0cXDKcfk9T6HC-AANcpgJEm1xYgrPbp7dsZVN1Ykw/viewform?c=0&w=1
Para ello, el cronograma para el reporte es el siguiente:
Fecha de corte de la información | Miércoles, 8 de agosto de 2018 |
Periodo de reporte | Lunes, 20 de agosto de jueves, 20 de septiembre de 2018 |
Cierre del aplicativo | Viernes, 21 de septiembre de 2018 |
Adicionalmente, es importante mencionar que en el marco del CONPES 3918 de 2018 se establecieron lineamientos para la efectiva implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en Colombia, la meta trazadora para la medición del ODS de igualdad de género tomó como referente lo establecido en la Ley 581 de 2000, en lo relacionado con el máximo y otro nivel decisorio a través del indicador denominado Participación de la Mujer en los Cargos Directivos, esta meta para el 2018 se estableció en un 44.5% y para el 2030 en el 50%.
En consecuencia, esta circular constituye una invitación para que cada vez se vinculen más mujeres en los cargos directivos con el fin de aumentar su efectiva participación y para cumplir progresivamente con la meta trazadora que tiene el país en igualdad de género frente a los ODS.
La Procuraduría General de la Nación en ejercicio de su facultad de vigilancia preventiva y respondiendo a la misión de vigilar la función y la gestión pública de los servidores públicos (artículo 16 de la Ley 581 del 2000), solicita a los Jefes de Control Interno verificar el cumplimiento de esta ley, su aplicación y el reporte de la información solicitada con la presente circular.
Cordialmente,
FERNANDO CARRILLO FLÓREZ
Procurador General de la Nación
LILIANA CABALLERO DURÁN
Directora Departamento Administrativo de la Función Pública