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Memorando 1 de 2019 PGN

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MEMORANDO 1 DE 2019

(marzo 14)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION

DE: CARLOS JOSÉ HOLGUÍN MOLINA - Procurador Cuarto Delegado ante el Consejo de Estado
PARA: Funcionarios adscritos a esta delegada que elaboran conceptos de intervención
ASUNTO: Parámetros para la elaboración de conceptos de intervención

En atención a lo acordado en la reunión de coordinación del pasado 4 de febrero de 2019, y como complemento de lo establecido en la Circular 010 de 2009, del despacho del señor Procurador General de la Nación, la cual se anexa al presente documento, a continuación se relacionan los lineamientos de unificación para la presentación de los conceptos de fondo emitidos en virtud a nuestra función de intervención.

  • En cuanto a la preparación del concepto:

- Envío de borradores para revisión: Teniendo en cuenta el término de vencimiento previamente programado para la presentación de borrador de concepto, cada funcionario encargado debe enviar oportunamente el respectivo borrador en formato word (.docx) al correo electrónico del delegado cholguin@procuraduria.gov.co quien lo revisará, registrará las respectivas correcciones en letra roja y en anotaciones al margen de página y devolverá por ese mismo medio el archivo con el mismo nombre, adicionando al final la sigla “rev1”, es decir, revisión uno.

- Control de las revisiones: Una vez se subsanadas las correcciones indicadas por el delegado, el operador devuelve nuevamente el documento word SIN CAMBIAR el nombre del archivo, manteniendo el mismo título del archivo word, de manera que si se presentan nuevas observaciones, el delegado es exclusivamente quien cambia el nombre con un “rev2” y así sucesivamente, de manera que se mantenga la secuencia de revisiones y cambios, finalmente se imprime la última versión que el delegado indica vía correo electrónico con la instrucción “imprimir”.

- Comentarios dentro del documento word: Los comentarios que el delegado registra en letra roja dentro del documento word, así como las notas al margen, no deben ser borradas al hacer las correcciones, sino que debe ser tachado el texto

- Correcciones: Las correcciones que se realicen al documento word de acuerdo a las observaciones del delegado, o las que se consideren necesarias luego de los comentarios hechos, deben registrarse siempre en letra de color azul.

  • Respecto a la estructura del concepto:

En atención a la Circular 010 de 2009, la cual establece los parámetros y estructura de los conceptos ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, se relacionan a continuación algunos aspectos importantes para tener en cuenta en la estructura del concepto de intervención:

Antecedentes:

Estos antecedentes deben ser muy concretos y de fácil comprensión para las personas interesadas que conocen el proceso, pero aún más para poner en contexto a quien hasta ahora lo está conociendo, teniendo en cuenta que nuestros conceptos son publicados en relatoría y queda accesibles para la ciudadanía en general, por lo tanto deben contener demanda, contestación demanda con las pretensiones propuestas, medidas cautelares, fallo primera instancia si las hay, todos los recursos de apelación y no solo los más relevantes. De acuerdo a la referida circular, los antecedentes no deben ser más del 20% del total del concepto.

Consideraciones del Ministerio público:

- Problema jurídico: Generalmente en el problema jurídico se ha venido discriminando por cada una de las partes del proceso (demandante, demandado, apelante, Ministerio Público, etc.), la Circular 010 de 2009 no especifica dicha discriminación, por lo que el Delegado considera que debemos enfocarnos exclusivamente en el problema jurídico del Ministerio Público, después de conocidos los antecedentes y lo hasta allí probado, el cual debe ser muy claro y concreto, de manera que nuestra intervención contribuya de una forma más efectiva a la labor judicial del Consejo de Estado.

La Circular 010 de 2009 recomienda que se proponga en forma de pregunta, sin embargo, el delegado deja abierta la posibilidad de que cada uno a su criterio determine si propone un cuestionamiento o no a la hora de plantear el problema jurídico.

- Análisis fáctico y probatorio: En este acápite, se deben enunciar las pruebas más relevantes y significativas que vayan encaminadas en función del problema jurídico planteado en el concepto, sin hacer una valoración, ya que ésta se relaciona en el acápite de Análisis Jurídico.

- Análisis jurídico: En este acápite se resuelve el problema jurídico planteado, consolidando lo que actualmente se ha venido trabajando tanto en el marco normativo como en el caso concreto, de manera que a medida que se va desarrollando el caso concreto, se van planteando poco a poco las consideraciones legales, normativas y jurisprudenciales aplicables, y así mismo se van analizando y valorando más profundamente las pruebas relacionadas en el Análisis fáctico y probatorio.

- Conclusión: Con base en el análisis de los acápites anteriores, se plantea la posición jurídica del Ministerio Público.

  • En cuanto a la forma:

- A partir de la segunda hoja, se registrará encabezado con el número completo del expediente y entre paréntesis el número corto, cuando corresponda.

- La numeración de página debe ir centrado en el pie de página del documento, escrito explícitamente a partir de la página 2.

- A partir de la segunda página, se deben registrar las iniciales del quien proyectó el documento y así sucesivamente en todas las páginas siguientes hasta la firma.

- Los descriptores deben ir en espacio sencillo y en negrilla todo el texto.

- Las referencias y citas transcritas textualmente debe ir en espacio sencillo, márgenes reducidas, entre comillas y con letra Times new roman cursiva, tamaño 10.

- El texto del concepto es en letra Arial 11 espacio 1.5.

- El número del concepto se presentará en tres dígitos, línea diagonal “/ “ y los cuatro dígitos del año, ejemplo: 001 / 2019.

- Nombres propios y de las entidades que sean parte en mayúscula sostenida.

- Las cifras en pesos deben ir también en letras.

- El pie de página debe estar actualizado con el número de extensión de la Delegada piso 19, y la cuenta del correo electrónico completo con el signo de arroba, es decir consejodeestado4@grocuraduria.aov.co.

- El Aquo y el Adquem con mayúscula inicial.

- Cuando se mencionan las entidades públicas territoriales, la palabra Municipio, Departamento, deben ir con mayúscula inicial cuando hace referencia a un municipio o departamento especifico, es decir que la referencia no sea genérica.

- La numeración del concepto se registrará con números ordinales (2., 2.1., 2.1.1., etc.).

- La citación de las sentencias deben registrarse preferiblemente con todo el detalle posible, es decir: Consejo de Estado, sección, subsección, número interno o número completo de la sentencia, fecha y magistrado ponente.

- Al citar la Ley 1437 de 2011, Código del Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el delegado deja al criterio de cada uno, si la referencia de manera completa, abreviada o con siglas, pero al referenciar la ley con el número debe incluir el año, es decir, Ley 1437 de 2011.

  • En cuanto a la entrega y reporte de conceptos firmados a relatoría:

- La impresión del concepto se realizará exclusivamente cuando cada encargado reciba un correo electrónico de respuesta del Delegado con la instrucción explícita de “imprimir concepto”, momento en el que se realizará asignación de números y fecha de los conceptos.

- La impresión se realizará en tamaño oficio a doble cara.

Los conceptos firmados se registran en el libro de control de reparto de la Delegada, donde se relacionan los anexos, cuando se trata de procesos escriturales, firma la persona encargada del reparto, y una vez traiga el recibido del Consejo de Estado, la secretaria de la Delegada, firma que recibió el documento.

- Así mismo se recuerda la necesidad de subir oportunamente los conceptos en el Sistema de Información Misional SIM, el cual debe permanecer actualizado, con el fin de mantener al día el envío a relatoría, toda vez que únicamente se realiza a través de la plataforma durante los diez primeros días de cada mes.

Como complemento de los demás aspectos no contemplados en el presente memorando, remitirse al manual de imagen institucional establecido en las Resoluciones 323 de 2001 y 254 de 2003.

Atentamente,

“ORIGINAL FIRMADO”

CARLOS JOSÉ HOLGUÍN MOLINA

Procurador Cuarto Delegado ante el Consejo de Estado

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