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Resolución 94 de 2020 PGN

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RESOLUCIÓN 94 DE 2020

(febrero 26)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<No contiene análisis de vigencia>

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 020 del 13 de enero de 2020

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN

En ejercicio de sus facultades legales y constitucionales, en especial las conferidas en el artículo 277 de la Constitución Política y en el artículo 7o del Decreto 262 de 2000, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 275 de la Constitución Política establece que el Procurador General de la Nación es supremo director del Ministerio Público.

Que la Ley 160 de 1994, en los artículos 91, 92 y 93, dispuso las funciones de la Procuraduría Delegada para Asuntos Agrarios, así como la reorganización de la estructura interna de la Procuraduría General de la Nación para adecuarla a los propósitos del Ministerio Público Agrario.

Que mediante el Decreto Ley 262 de 2000 se modificó la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público, se definió el régimen de competencias interno de la Procuraduría, se dictaron normas para su funcionamiento y se regularon las diversas situaciones administrativas, entre otros.

Que los numerales 2, 6, 7 y 8 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000 otorgan, respectivamente, al Procurador General de la Nación la facultad para formular las políticas generales y los criterios de intervención del Ministerio Público; asignar funciones especiales a las dependencias y empleos de la Procuraduría General de la Nación; expedir los actos administrativos que sean necesarios para el funcionamiento de la Entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley y para distribuir las competencias atribuidas en la Constitución o la ley, entre las distintas dependencias y servidores de la Entidad, atendiendo criterios de especialidad y necesidades del servicio.

Que el numeral 38 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000 faculta al Procurador General de la Nación para organizar las dependencias de la Entidad para su adecuado funcionamiento, de acuerdo con las necesidades del servicio.

Que con el fin de cumplir los objetivos misionales contenidos en el Plan Estratégico Institucional de la Procuraduría General de la Nación 2017-2021 "Por una Procuraduría Ciudadana”, mediante la Resolución 020 del 13 de enero de 2020 se modificó la Resolución 017 de 2000, asignándose funciones a las Procuradurías Delegadas para la Restitución de Tierras y para Asuntos Ambientales y Agrarios, actualizando su identificación y estableciendo directrices para el cumplimiento de las funciones a cargo de las mismas.

Que para materializar el propósito la Resolución 020 de 2020 de fortalecer las capacidades de respuesta institucional en materia ambiental, agraria y de restitución de tierras, es necesario dar claridad respecto de las disposiciones contenidas en dicho acto administrativo, en relación con las competencias sobre los asuntos agrarios que, de acuerdo con la reorganización de las dependencias citadas, son de competencia de la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. Modificar los artículos 1 al 4 de la Resolución 020 de 2020, los cuales quedarán así:

"Artículo 1. Modificación del artículo 1o de la Resolución No. 17 de 2000. Modificar el artículo 1o de la Resolución No. 17 de 2000, conforme a lo expuesto en la parte motiva de la resolución en el sentido de que la Procuraduría Delegada para Asuntos Agrarios y de Restitución de Tierras, en adelante, se llamará Procuraduría Delegada para la Restitución de Tierras.

Artículo 2. Delegación de funciones a la Procuraduría Delegada para la Restitución de Tierras. Las funciones delegadas mediante la Ley 1448 de 2011, el Decreto Ley 2246 de 2011 y los artículos 2, 3, 5, 6, 16, 18, 20, 21 y 29 de la Resolución 017 de 2000, y cualquier otra que contenga una designación sobre asuntos relacionados con la restitución de tierras estarán a cargo de la Procuraduría Delegada para la Restitución de Tierras.

Los asuntos contenidos en la Ley 1448 de 2011, los Decretos Leyes 2246, 4633 y 4635 de 2011 y demás normas concordantes sobre conceptos, intervención, vigilancia superior y funciones en materia de restitución de tierras, estarán en cabeza de la Procuraduría Delegada para la Restitución de Tierras.

Artículo 3. Modificación del artículo 1o de la Resolución No. 17 de 2000. Modificar el artículo 1o de la Resolución No. 17 de 2000, en el sentido de que la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales, en adelante, se llamará Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta Resolución.

Artículo 4. Delegación de funciones a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios. Las funciones delegadas mediante los artículos 2, 3, 5, 6, 10, 16, 18, 20, 21, 25 y 29 de la Resolución No. 17 de 2000 estarán a cargo de la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios cuando se trate de asuntos ambientales y agrarios.

PARÁGRAFO Los asuntos de naturaleza agraria en adelante serán de competencia de la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios".

ARTÍCULO 2. COMUNICACIÓN. Comunicar a través de la Secretaría General de la Procuraduría General de la Nación el contenido del presente acto administrativo a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios y a la Procuraduría Delegada para la Restitución de Tierras, así como también a las procuradurías delegadas, provinciales, regionales, la Oficina de Planeación, la División de Registro y Control y demás dependencias administrativas.

ARTÍCULO 3. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación, los demás términos de la Resolución 020 de 2020 que no hayan sido modificados con el presente acto administrativo continúan vigentes.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

FERNANDO CARRILLO FLÓREZ

Procurador General de la Nación

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