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. 255 de 2019 PGN

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RESOLUCIÓN 255 DE 2019

(febrero 1)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

"Por medio de la cual se modifica Resolución 017 de 2000, se asignan funciones a una Procuraduría Delegada, se organiza la misma y se dictan otras disposiciones”

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las previstas en artículo 277 de la Constitución Política y en los numerales 2, 6,7, 8 y 38 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 6 del artículo 277 de la Constitución Política faculta al Procurador General de la Nación, por sí o por medio de sus delegados y agentes para: “Ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular; ejercer preferentemente el poder disciplinario; adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones conforme a la ley”.

Que el Procurador General de la Nación como titular de todas las competencias de la entidad, conserva la atribución de redistribuirlas cuando por necesidades del servicio se requiera.

Que los numerales 2, 6,7 y 8 del artículo 7o del Decreto Ley 262 de 2000 otorgan al Procurador General de la Nación la facultad para formular políticas generales y los criterios de intervención del Ministerio Público: expedir los actos administrativos que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la Ley; asignar funciones especiales a las dependencias de la Procuraduría, y distribuir las competencias atribuidas en la Constitución o la ley entre las distintas dependencias y servidores de la entidad.

Que de conformidad con lo previsto en el parágrafo único del artículo 7 del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000, las Procuradurías delegadas, territoriales y judiciales, ejercen las funciones y competencias que les sean asignadas, distribuidas y delegadas por el Procurador General de la Nación, pudiendo asumirlas en cualquier momento o delegarlas en otros funcionarios o dependencias de la entidad o comisiones especiales disciplinarias cuando lo considere necesario.

Que, conforme al numeral 38 del artículo 7o del Decreto Ley 262 de 2000, el Procurador General de la Nación está facultado para organizar las dependencias de la entidad para su adecuado funcionamiento, de acuerdo con las necesidades del servicio.

Que mediante la Resolución No. 17 de 2000 se delegan funciones y competencias del Procurador General de la Nación, a los Procuradores Delegados

Que de conformidad con el Plan Estratégico Institucional de la Procuraduría General de la Nación 2017-2021 "Por una Procuraduría Ciudadana", es objetivo general de la entidad: “Recuperar la confianza y fortalecer las capacidades del Estado, la Procuraduría General de la Nación y la sociedad civil, para identificar, prevenir, intervenir, sancionar y no tolerar la corrupción y la mala administración (gestión indebida de lo público) y garantizar derechos, cumplir deberes y salvaguardar el ordenamiento jurídico".

Que hace parte de este Plan Estratégico 2017-2021 "Por una Procuraduría Ciudadana” el Eje No. 1 “Integridad, lucha contra la Corrupción y Participación", teniendo dentro de sus objetivos “Aumentar la Integridad y la ética público-privada en la gestión de lo público, haciendo efectivos los mecanismos anticorrupción y la corresponsabilidad, para recuperar la confianza ciudadana y fortalecer la cultura de lo público.”

Que es necesario ajustar la organización interna de la Procuraduría General de la Nación hacía el cumplimiento de los objetivos y metas estratégicos, de manera que se logre dar respuestas institucionales efectivas a los retos sociales, económicos y políticos que afronta el país, y en tal sentido es procedente fortalecer la función disciplinaria en los asuntos que correspondan a este eje.

Que teniendo en cuenta la actual estructura interna de la entidad y la necesidad de fortalecer la función disciplinaria, se asignarán funciones en estos asuntos a la Procuraduría Delegada “Segunda para la Casación Penal”, a la que, por razón de la asignación de las referidas funciones, se identificará en adelante como "Procuraduría Segunda Delegada para la Moralidad Pública”

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. <Ver modificación a este artículo directamente en el artículo 1 de la Resolución 17 de 2000>  Modificar el artículo 1 de la Resolución 017 de 2000 para establecer que, en adelante la Procuraduría Segunda Delegada para la Casación Penal, se identificará como Procuraduría Segunda Delegada para la Moralidad Pública.

ARTÍCULO SEGUNDO. La Procuraduría Segunda Delegada para la Casación Penal será en adelante la Procuraduría Segunda Delegada para la Moralidad Pública y tendrá las mismas funciones asignadas por la Resolución No. 017 de 2000 y los demás actos administrativos que la modifiquen o adicionen, a la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública,

PARÁGRAFO. Todas las disposiciones contenidas en la Resolución 17 de 2000 y en los demás actos administrativos que la modifiquen o adicionen, en los que se haga mención a la actual Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública se entenderá que aplican también a la Procuraduría Segunda Delegada para la Moralidad Pública, salvo que de manera particular se disponga lo contrario.

ARTÍCULO TERCERO. Con el propósito que la Procuraduría Segunda Delegada para la Moralidad Pública ejerza la competencia y funciones asignadas en el artículo primero de esta Resolución, se emitirán los actos administrativos correspondientes para asignar el personal profesional, técnico y administrativo necesario, y se dispondrá lo correspondiente para asignar el espacio físico y mobiliario que se requiera.

ARTÍCULO CUARTO. Los hechos de competencia de la Procuraduría Segunda Delegada para la Moralidad Pública, se asignarán por reparto conforme a los lineamientos contenidos en el Sistema de Información Misional -SIM- de la Procuraduría General de la Nación.

ARTÍCULO QUINTO. Comunicar a través de la Secretaría General de la Procuraduría General de la Nación, el contenido del presente acto administrativo a las procuradurías delegadas, provinciales, regionales, Oficina de Planeación, División de Registro y Control y demás dependencias administrativas.

ARTÍCULO SEXTO. Lo dispuesto en esta Resolución tendrá vigencia a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE,

FERNANDO CARRILLO FLÓREZ

Procurador General de la Nación

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