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Resolución 257 de 2012 PGN

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RESOLUCIÓN 257 DE 2012

(agosto 10)

Diario Oficial No. 48.558 de 19 de septiembre de 2012

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por medio de la cual se modifica el inciso 4o del artículo 18 de la Resolución 017 de 2000.

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las conferidas por el artículo 277 de la Constitución Política y por los numerales 7 y 8 del artículo 7o del Decreto-ley 262 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el Procurador General de la Nación puede ejercer por sí las funciones señaladas en el artículo 277 de la Constitución Política, o delegarlas en cualquier servidor público o dependencia de la Entidad de conformidad con el inciso primero del parágrafo único del artículo 7o del Decreto-ley 262 de 2000.

Que en virtud de las facultades establecidas en el numeral 7 del artículo 7o del Decreto-ley 262 de 2000, es competencia del Procurador General de la Nación expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la Entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley.

Que de conformidad con las facultades establecidas en el numeral 8 del artículo 7o del Decreto-ley 262 de 2000, es competencia del Procurador General de la Nación distribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la ley, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad, atendiendo el criterio de especialidad, jerarquía y las calidades de las personas investigadas, cada vez que por necesidad del servicio se requiera.

Que el numeral 6 del artículo 24 del Decreto-ley 262 de 2000 consagra que “Sin perjuicio de lo dispuesto en la ley, las procuradurías delegadas tienen las siguientes funciones de vigilancia superior, con fines preventivos y de control de gestión: ... 6) Realizar visitas a las entidades estatales o particulares que cumplen función pública, a solicitud de cualquier persona u oficiosamente, cuando sea necesario para proteger los recursos públicos y garantizar el cumplimiento de los principios que rigen la función pública”.

Que el artículo 15 de la Resolución 017 de 2000 proferida por este Despacho, estableció la distribución de funciones preventivas y de control de gestión entre las distintas Procuradurías Delegadas de la Entidad, atribuyendo a la Procuraduría Delegada para Asuntos Civiles las estipuladas en los numerales 1, 5, 8 y 15 del artículo 24 del Decreto-ley 262 de 2000.

Que el inciso 4o del artículo 18 de la Resolución 017 de 2000, el cual se busca modificar, señala que le corresponde a la Procuraduría Delegada para Asuntos Civiles, ejercer las funciones y competencias preventivas relacionadas con los asuntos civiles establecidas en los numerales 1, 5, 8 y 15 del artículo 24 del Decreto-ley 262 de 2000, cuando se trate de asuntos de carácter civil.

Que se requiere asignar a la Procuraduría Delegada para Asuntos Civiles, la competencia en materia preventiva, establecida en el numeral 6 del artículo 24 del Decreto-ley 262 de 2000, a fin de que pueda adelantar acciones de esa naturaleza en el marco de los asuntos a su cargo.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el inciso 4o del artículo 18 de la Resolución 017 de 2000, el cual quedará así:

La Procuraduría Delegada para Asuntos Civiles ejerce las funciones y competencias preventivas relacionadas con los asuntos civiles establecidos en los numerales 1, 5, 6, 8 y 15 del artículo 24 del Decreto-ley 262 de 2000, cuando se trate de asuntos de carácter civil.

ARTÍCULO 7o. <sic, es 2>. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica la Resolución 017 de 2000 en lo pertinente.

Dada en Bogotá, D.C., a 10 de agosto de 2012.

Publíquese y cúmplase.

El Procurador General de la Nación,

ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO

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