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Resolución 259 de 2011 PGN

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RESOLUCIÓN 259 DE 2011

(julio 8)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<No contiene análisis de vigencia>

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por medio de la cual se asigna competencia nacional a dos Procuradores Judiciales ambientales y agrarios

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN

En uso de sus facultades constitucionales legales y, en especial las contenidas en el artículo 7 del Decreto 262 de 2000 y,

CONSIDERANDO:

Que, según lo establecido en el numeral 6o del Artículo 7o del Decreto 262 de 2000, es atribución del Procurador General de la Nación, "Asignar funciones especiales a las dependencias y empleos de la Procuraduría General de la Nación".

Que, según se establece en el numeral 7o del artículo 7o del Decreto 262 de 2000, es función del Procurador General de la Nación: “Expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para el desarrollo de las funciones atribuidas por la ley".

Que, el Congreso de la República expidió la Ley 1333 del 21 de Julio de 2009, por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones.

Que, el artículo 55 del Título VIl de la Ley 1333 de 2009, establece que El Ministerio Público en materia ambiental será ejercido por el Procurador General de la Nación, a través del Procurador Delegado para Asuntos Ambientales y Agrarios y 30 Procuradores Judiciales Ambientales y Agrarios, los cuales serán asignados en los Departamentos en la forma que éste señale.

Que, según lo consagrado en la parte final del citado artículo 55 de la Ley 1333 de 2009, "Dos de los Procuradores Ambientales y Agrarios designados tendrán competencia en todo el territorio nacional".

Que, de conformidad con lo señalado por el artículo 56 de la Ley 1333 de 2009, el Procurador Delegado para Asuntos Ambientales y Agrarios y los Procuradores Judiciales Ambientales y Agrarios, ejercerán, sin perjuicio de lo dispuesto en las leyes que establecen las funciones y estructura general de la Procuraduría General de la Nación y la norma que crea y organiza la jurisdicción agraria, las siguientes funciones: “...Velar por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la Constitución Política, las leyes, decretos, actos administrativos y demás actuaciones relacionadas con la protección a el medio ambiente y utilización de los recursos naturales. Las autoridades que adelanten procesos sancionatorios ambientales deberán comunicar a los Procuradores Judiciales Ambientales y Agrarios los autos de apertura y terminación de los procesos sancionatorios ambientales”.

Que, con tales propósitos, se hace necesaria la asignación de competencia en todo el territorio nacional a dos Procuradores Judiciales II Ambientales y Agrarios. Dichos procuradores quedarán investidos con las mismas facultades, funciones, sede y remuneración que actualmente tienen en los cargos que desempeñan.

RESUELVE:

ARTICULO 1o. Para efectos de dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley 1333 de 2009, artículos 55 y 56, asígnese competencia en todo el territorio nacional a los Procuradores 1 y 16 Judiciales II Ambientales y Agrarios.

La competencia nacional que por la presente resolución se asigna será ejercida así: Procurador 1 Judicial II, cargo desempeñado por Fanny Henriquez Gallo con sede en Medellín y Procurador 16 Judicial II, cargo desempeñado por Jorge Eduardo Camargo Carvajal con sede en Cucutá.

ARTICULO 2o. Se delega en el Procurador Delegado para Asuntos Ambientales y Agrarios, la determinación de los lugares y condiciones en que deberán desempeñar su función y competencia nacional.

ARTICULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y se Insertará en la página WEB de la Procuraduría.

Dada en Bogotá D.C., a los días del mes de 08 JUL 2011

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO

Procurador General de la Nación

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