CIRCULAR 2 DE 2021
(febrero 22)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
| PARA: | Gobernadores y Alcaldes de Ciudades Capitales |
| DE: | Procuraduría Delegada para La Salud Protección Social y Trabajo Decente |
| ASUNTO: | Cumplimiento decreto 726 de 2018 |
| FECHA: | 22 de febrero de 2021 |
En ejercicio de la función preventiva, prevista en el artículo 277 de la Constitución Política y del artículo 23 Numerales 1 y 5 del Decreto Ley 262 de 2000, de la manera más atenta, este Despacho considera importante recordar que el gobierno nacional expidió el Decreto 726 de 2018, el cual reglamentó la expedición de las certificaciones de tiempo de servicio con fines pensionales, mediante la adopción del Sistema de Certificación Electrónica de Tiempos Laborados CETIL, procedimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes niveles de la administración pública de los sectores central y descentralizado, al igual que estableció un término de quince (15) días para que las entidades adelantaran el diligenciamiento del respectivo formulario. (Se subraya)
Con el fin de adecuar la gestión de las diferentes entidades públicas a nivel territorial, conforme lo dispuesto en el Decreto 726 de 2018, me permito solicitarles, se sirvan impartir las respectivas instrucciones para el acatamiento de lo reglamentado en la norma citada, hacer seguimiento a las medidas adoptadas y brindar asesoría técnica y de recursos que se requiera para la implementación del citado Decreto por parte de los municipios y entidades de su jurisdicción.
El desconocimiento o demora en el acatamiento de lo dispuesto en el Decreto 726 de 2018, tiene graves tiene graves repercusiones en el reconocimiento de derechos pensionales de peticionarios que por su edad, condiciones económicas y de salud, requieren de una protección especial.; así como su incumplimiento genera la responsabilidad disciplinaria en los términos de Ley, por violación al marco de regulación de la Seguridad Social.
Por lo anterior, les agradezco tomar las medidas que correspondan en el menor tiempo posible, e informar de las mismas a esta Delegada en el término de cinco (5) días hábiles, remitiendo la información correspondiente al correo asuntosdeltrabaio@procuraduria.aov.co y/o quejas@procuraduna.gov.co, cualquier inquietud favor comunicarse con la extensión 11901.
Cordialmente,
DIANA MARGARITA OJEDA VISBAL
Procuradora Delegada