MEMORANDO 2 DE 2023
(enero 24)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACION
| De: | Secretaría General |
| Para: | Funcionarios de la Procuraduría General de la Nación |
| Asunto: | Obligatoriedad de Asistencia a los Exámenes Médicos Ocupacionales. |
En atención al Decreto 1072 de 2015 "Artículo 2.2.4.6.10. Responsabilidades de los trabajadores. (...) 3. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa (...) 6. Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema de Gestión de la Segundad y Salud en el Trabajo SG-SST. (...)”, el Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo de la Entidad, ha venido programando las evaluaciones médico-ocupacionales a sus funcionarios a nivel nacional, entre ellos los exámenes periódicos.
En virtud de lo anterior, se hace obligatoria la asistencia de los servidores a las citas previamente agendadas para la realización de estos exámenes programados desde el Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo, para lo cual los jefes inmediatos deberán facilitar la asistencia del personal a su cargo a dicha actividad.
Así mismo, es importante resaltar que la inasistencia a esta actividad será reportada en un informe mensual al jefe inmediato para lo pertinente.
CARLOS ALBERTO CASTELLANOS ARAÚJO
Secretario General