MEMORANDO 5 DE 2025
(diciembre 19)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
| De: | PROCURADOR SEGUNDO DELEGADO PARA LA VIGILANCIA PREVENTIVA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA |
| Para: | PROCURADURÍAS DE INSTRUCCIÓN REGIONALES, PROVINCIALES Y DISTRITALES |
| Asunto: | OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LOS PROCESOS DE ELECCIÓN DE LOS CONTRALORES DEPARTAMENTALES, MUNICIPALES Y DISTRITALES |
| Fecha: | 19 DE DICIEMBRE DE 2025 |
CONSIDERACIONES:
Como es de conocimiento, el señor Procurador General de la Nación expidió la Directiva 10 de 2025, a través de la cual, en su artículo primero, exhortó a las mesas directivas de las Asambleas, Concejos Municipales, Concejos Distritales a cumplir sus obligaciones legales en los procesos de elección de los Contralores Departamentales, Municipales o Distritales.
En el artículo cuarto del citado acto administrativo, se ordenó a la Procuraduría Delegada Preventiva y de Control de Gestión 2: Segunda para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública realizar seguimiento al cumplimiento de la Directiva con apoyo de los Procuradores Regionales, Provinciales y Distritales y cumplir sus obligaciones Segunda Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública a través del Memorando Interno 01 de 2025, solicitó a sus despachos dar cumplimiento a la directiva del señor Procurador General.
Para el seguimiento institucional, se estableció la obligación de registrar los avances en una matriz virtual alojada en el intranet de la Procuraduría General. Para tal efecto, el próximo informe debe cargarse a más tardar el 22 de diciembre de 2025 y actualizarse a medida que cada proceso electoral surta avances en sus diferentes etapas. La información recabada sirve de insumo para la evaluación de posibles irregularidades, permitiendo la adopción de medidas preventivas, disciplinarias o de intervención, según corresponda por parte de sus despachos.
En relación con la información de la matriz del quinto corte, se ha obtenido el siguiente:
INFORME GENERAL:
- De 67 contralorías Departamentales, Municipales, y Distritales existentes, 43 ya tienen contralor elegido.
- 13 procesos electorales cuentan con un avance significativo, ya que se encuentran en etapas como: resolución de ternados, entrevista o examen de integridad:
- Contraloría Departamental de Vichada.
- Contraloría Municipal de Villavicencio.
- Contraloría Departamental de Risaralda.
- Contraloría Municipal de Bello.
- Contralor Municipal de Villavicencio.
- Contraloría Departamental del Atlántico.
- Contraloría Departamental del Cesar.
- Contraloría Municipal de Valledupar.
- Contraloría Municipal de Popayán.
- Contraloría Departamental del Cauca.
- Contraloría Municipal de Neiva.
- Contraloría Municipal de Sabaneta.
- Se reportaron 4 procesos suspendidos:
- Contraloría Departamental de Santander.
- Contraloría Municipal de Bucaramanga.
- Contraloría Municipal de Dosquebradas.
- Contraloría Distrital de Cartagena.
- 7 procesos tienen un retraso considerable, ya que están en etapa de pruebas, inscripciones, desierto y en convocatoria:
- Contraloría Departamental del Vaupés.
- Contraloría Departamental del Casanare.
- Contraloría Municipal de Armenia.
- Contraloría Departamental de Guaviare.
- Contraloría Distrital Santa Marta.
- Contraloría Municipal de Montería.
- Contraloría Distrital de Buenaventura
De conformidad con lo anterior, se emiten las siguientes:
ALERTAS DETECTADAS SEGÚN EL QUINTO REPORTE DE LA BASE DE DATOS:
En cumplimiento de la Directiva 10 de 2025 y en seguimiento al Memorando Interno 01 de 2025, se presenta a continuación un resumen de los avances y alertas relevantes en los procesos de elección de Contralores Departamentales, Municipales y Distritales. Se debe prestar especial atención a los procesos suspendidos y aquellos con retrasos significativos, a fin de tomar las medidas correctivas o preventivas necesarias.
- Procesos con avance considerable:
De un total de 67 contralorías, 43 ya cuentan con contralor elegido, lo cual refleja un cumplimiento de las obligaciones legales en cuanto a la elección. No obstante, existen 13 procesos con un avance considerable, los cuales se encuentran en etapas clave como resolución de ternados, entrevistas o exámenes de integridad. Es fundamental dar seguimiento a estos casos para garantizar que siga el curso de la elección sin contratiempos.
Procesos suspendidos:
Existen 4 procesos suspendidos, que requieren una atención inmediata para evitar que se prolonguen más allá del tiempo establecido. Las suspensiones afectan el normal desarrollo de las elecciones y pueden conllevar a medidas correctivas de carácter administrativo y disciplinario.
Es necesario que se tomen medidas urgentes para reactivar estos procesos, especialmente cuando se encuentran en suspenso sin justificación legal y reglamentaria clara, se debe dar un seguimiento riguroso a estos casos.
Procesos con retraso:
Además, 7 procesos presentan retrasos significativos, estando en etapas de convocatoria, inscripciones o pruebas, o fueron declarados desiertos. Estos casos presentan un mayor riesgo de incumplimiento de los plazos legales establecidos para la elección, por lo tanto, deben ser monitoreados de cerca para evitar futuros incumplimientos de orden legal.
RECOMENDACIONES Y ACCIONES:
- Seguimiento continuo: es indispensable dar seguimiento continuo a todos los procesos, especialmente aquellos suspendidos y con retraso, con el fin de evitar que estos lleguen a puntos críticos que compliquen aún más su resolución.
- Acciones correctivas: para los procesos suspendidos, se deben revisar las causas de la suspensión y adoptar las medidas necesarias para que puedan ser reactivados dentro de los plazos establecidos en la ley.
- Prevención de irregularidades: ante la proximidad del informe de actualización de la matriz virtual (22 de diciembre de 2025), se recomienda que todos los responsables de los procesos electivos se aseguran de que sus registros estén completos y actualizados, y que las posibles irregularidades hayan sido debidamente evaluadas a tiempo para adoptar medidas preventivas o disciplinarias si es necesario.
- Posibles demandas de nulidad electoral: en el evento que, por parte de sus despachos, se considere que la elección o un contralor se ha expedido en contravía de la normativa, se debe tener en cuenta, según lo que establece el artículo 130 y el literal a), numeral 2 del artículo 164 de la Ley 1437 de 2011, el término para presentar la respectiva demanda es de treinta (30) días, para lo cual se considera que, conforme a lo señalado en la Resolución 377 de 2022, en el antedicho que, la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas para la Conciliación Administrativa, será la competente para evaluar la pertinencia de ejercer las funciones de intervención judicial que el derecho correspondan como agente del Ministerio Público en esta clase de asuntos.
- Plazo de actualización: recordamos que la próxima actualización de la matriz debe cargarse a más tardar el 22 de diciembre de 2025, y es responsabilidad de cada dependencia involucrada registrar los avances y proporcionar información precisa y oportuna.
Se recuerda que, para registrar los avances de la actuación preventiva en la matriz, esta se debe diligenciar en línea en el micrositio del intranet creado para tal fin en el siguiente enlace:
https://intranet.procuraduria.gov.co/Pages/Consejos-territoriales.aspx
Para el uso de la matriz de Excel, se deben tener en cuenta los siguientes aspectos: el acceso está limitado a los Procuradores de Instrucción Regionales, Provinciales y Distritales, donde existan contralorías del orden territorial. Asimismo, que el archivo debe trabajarse de forma web únicamente, o en aplicación sincronizada con su cuenta 365, y este no debe reemplazar el archivo original, ni incluir información de municipios respecto de los cuales no se tiene competencia.
Así mismo, es importante que las Procuradurías Regionales, Provinciales y Distritales tengan en cuenta que la información registrada es un insumo fundamental para el cumplimiento de sus funciones. Por ello, a partir de ella deben evaluar posibles irregularidades y adoptar decisiones de tipo preventivo, disciplinario o de intervención a que haya lugar.
Cordialmente,
SAMUEL BENJAMÍN ARRIETA BUELVAS
Procurador Segundo Delegado para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública