MEMORANDO 10 DE 2025
(mayo 05)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
| De: | Secretaría General |
| Para: | Funcionarios Procuraduría General de la Nación |
| Asunto: | Lineamientos sobre comisiones de servicio, por la declaración de emergencia sanitaria por el virus de la fiebre amarilla |
El artículo 49 de la Constitución Política de Colombia establece que toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y de su comunidad. Mediante la Resolución 691 del 16 de abril de 2025 del Ministerio de Salud y Protección Social, se declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional con ocasión del brote causado por el virus de la fiebre amarilla y se adoptaron medidas para su prevención y control. Así mismo, mediante la circular 045 del 22 de abril de 2025 del Ministerio de Trabajo por medio de la cual se establecen las “Acciones de promoción y prevención en riesgos laborales para los y las trabajadoras ante la declaración de emergencia sanitaria por brote del virus de la fiebre amarilla, (…)”, se determinan entre otros aspectos, las responsabilidades de los empleadores públicos y privados orientadas a implementar las medidas de control para mitigar los efectos en la salud y seguridad de los trabajadores.
En virtud de lo anterior, y ante la necesidad de adoptar medidas de mitigación del virus de la fiebre amarilla, hasta tanto permanezca la declaratoria de emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Nacional, todos los funcionarios que requieran comisión de servicios en el territorio nacional, deben adjuntar a su solicitud, el respectivo carné de vacunación contra el virus de la fiebre amarilla, como requisito esencial para otorgar la autorización de desplazamiento, considerando que la aplicación de la vacuna debe realizarse como mínimo con diez (10) días de antelación.
Así mismo se insta a adoptar las medidas de autocuidado frente a la propagación del virus, recomendadas por las autoridades sanitarias del orden departamental y nacional.
Atentamente,
JULIÁN FERNÁNDEZ
Secretario General (E)