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RESOLUCIÓN 71 DE 2001

(20 de Marzo de 2001)

Por medio de la cual se asigna una función a los agentes del Ministerio Público

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION,

en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las contenidas en los artículos 277 de la Constitución Nacional 7o del Decreto-Ley 262 del año 2000 y la Resolución No.017 del mismo año y,

CONSIDERANDO

1) Que de acuerdo con el artículo 277 numeral 7o. De la Constitución Nacional, el Procurador General de la Nación, por sí o por medio de sus Delegados y Agentes, tiene como función “intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales”.

2) Que el numeral 2o del artículo 7o del decreto 262 del año 2000, faculta al Procurador General de la Nación para”formular las políticas generales y criterios de intervención del Ministerio Público en materia de control disciplinario, vigilancia superior con fines preventivos, actuación ante autoridades administrativas y judiciales y centros de conciliación, y promoción, protección y defensa de los derechos humanos.

3) El control posterior ejercido por los jueces sobre las medidas de aseguramiento proferidas por la Fiscalía, es una de las garantías de mayor contenido y constituye una manifestación de carácter acusatorio del proceso, por el cual la Procuraduría, en cumplimiento de su función constitucional, debe necesariamente intervenir.

Por las anteriores consideraciones, este despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO UNICO: En los trámites de control de legalidad de las medidas de aseguramiento, quien ejerza la representación del Ministerio Público ante el juez respectivo, conceptuar, obligatoriamente, en el término de traslado a los sujetos procesales.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a 20 de marzo de 2001.

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación

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