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RESOLUCIÓN 380 DE 2015

(septiembre 9)

Diario Oficial No. 49.644 de 23 de septiembre de 2015

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

DESPACHO DEL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN

Por medio de la cual se corrige el Manual Específico de Funciones y Requisitos por Competencias Laborales de los empleos de la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público.

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 7 y 41 del artículo 7o del Decreto-ley 262 de 2000, artículo 22 del Decreto-ley 263 de 2000 y 45 de la Ley 1437 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 321 del 04 de agosto de 2015 se modificó el Manual Específico de Funciones y Requisitos por Competencias Laborales de los Empleos de la Planta de Personal de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público.

Que en los folios 524 y 525 de la Resolución 321 de 2015 se detallan los requisitos y contenido funcional del empleo de Profesional Universitario (3PU-17) de las Procuradurías Distrital, Provincial y Regional, descripción en la que se incurrió en error de transcripción mecanográfica al describir los requisitos de estudios de dicho empleo, copiando de otro texto una exigencia adicional relativa a un título de posgrado en áreas los relacionadas con las funciones del cargo, exigencia de formación académica que corresponde a un empleo diferente a aquel, de conformidad con lo previsto en el artículo 15 del Decreto-ley 263 de 2000, por el cual a los cargos del nivel profesional grado 17 solo se les puede exigir “Título de formación universitaria y dos (2) años de experiencia profesional o docente”.

Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 expresa que “en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras”.

Que en este caso se incurrió en un error de transcripción en el numeral “II. Requisitos de estudio” del cargo de Profesional Universitario grado 17 de las Procuradurías Distrital, Provincial y Regional al copiar un texto que no correspondía para el empleo que a folios 524 y 525 se describe en el Manual Específico de Funciones y Requisitos por Competencias Laborales.

Que se hace necesario corregir el yerro de transcripción para efectos de ajustar el Manual Específico de Funciones y Requisitos por Competencias Laborales respecto del requisito de formación académica del empleo de Profesional Universitario (3PU-17) de las Procuradurías Distrital, Provincial y Regional, conforme a lo dispuesto para este empleo en el artículo 15 del Decreto-ley 263 de 2000,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Corregir el error de transcripción mecanográfica en el que se incurrió en el folio 524 del Manual Específico de Funciones y Requisitos por Competencias Laborales de los empleos de la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público, modificado por la Resolución 321 de 2015, en relación con el ítem de Requisitos de Estudio del Empleo de Profesional Universitario (3PU- 17) de las Procuradurías Distrital, Provincial y Regional, el cual quedará así:

“II. REQUISITOS DE ESTUDIO

Título de formación universitaria en disciplina que corresponda a las siguientes áreas del conocimiento: sociales y humanas; de la salud; economía, administración, contaduría; ingenierías, arquitectura, urbanismo; de la educación, matemáticas o ciencias naturales; bellas artes; agronomía o las afines a estas y las funciones del cargo, dependiendo de las necesidades del servicio y los proyectos a asignar”.

ARTÍCULO 2o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 9 de septiembre de 2015.

ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO.

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