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RESOLUCIÓN 590 DE 2016

(octubre 25)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 776 de 2016>

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por la cual se deroga el artículo 25 de la Resolución 017 del 4 de marzo de 2000, referente a la distribución de las funciones y competencias de intervención judicial en procesos agrarios.

El PROCURADOR GENERAL DE LA NACION,

en cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales, en especial de la
establecida en el artículo 277 de la Constitución Política y las previstas en los
numerales 8, 38, y en el parágrafo único del artículo 7° del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000,

CONSIDERANDO:

Que en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas al Presidente de la República en el numeral 4 del artículo primero de la Ley 573 de 2000, se expidió el Decreto Ley 262 del 22 de febrero de 2000, por el cual se modificó la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público; el régimen de competencias interno de la Procuraduría Genera; se dictaron normas para su funcionamiento; se modificó el régimen de carrera de la Procuraduría General de la Nación, el de inhabilidades e incompatibilidades de sus servidores y se regularon las diversas situaciones administrativas a las que se encuentren sujetos.

Que el Procurador General de la Nación, puede ejercer por si mismo las funciones señaladas en el artículo 277 de la Constitución Política, o delegarlas en cualquier servidor público o dependencia de la entidad, de conformidad con el inciso primero del parágrafo único del artículo 7° del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000;

Que el Procurador General de la Nación tiene la facultad para expedir los actos administrativos que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley, conforme a lo dispuesto por el numeral 7 del artículo 7° del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000;

Que de conformidad con el numeral 8 del artículo 7° del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000, es función del Procurador General de la Nación distribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la ley a la Procuraduría General de la Nación, entre las distintas dependencias y servidores de ¡a entidad, atendiendo criterios de especialidad, jerarquía y las calidades de las personas investigadas, cada vez que por las necesidades del servicio se requiera;

Que conforme al numeral 38 del artículo 7° del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000, el Procurador General de la Nación está facultado para organizar las dependencias de la entidad para su adecuado funcionamiento y denominarlas, de acuerdo con las necesidades del servicio;

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 776 de 20 de diciembre de 2016> Derogar el artículo 25 de la Resolución 017 de 2000, y todas las disposiciones contenidas en éste y otros actos administrativos que sean contrarias a lo indicado en la parte motiva.

ARTÍCULO SEGUNDO: <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 776 de 20 de diciembre de 2016> Disponer, en virtud de lo enunciado en la parte motiva, que la intervención ante la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, se continúe efectuando por las restantes delegadas a las cuales se les ha adscrito esa competencia.

ARTÍCULO TERCERO: <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 776 de 20 de diciembre de 2016> Efectuar, por la Secretaría General de la Procuraduría General de la Nación, los trámites necesarios para comunicar lo dispuesto en la presente Resolución.

ARTÍCULO CUARTO: <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 776 de 20 de diciembre de 2016> Indicar que la presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE y CÚMPLASE.

MARTHA ISABEL CASTAÑEDA CIRVERLO

Procuradora General de la Nación

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