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CIRCULAR 43 DE 2002

(Junio 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION

DE: PROCURADOR GENERAL DE LA NACION
PARA: PROCURADURIA DELEGADA PARA LA VIGILANCIA
PREVENTIVA DE LA FUNCION PUBLICA
PROCURADURIA DELEGADA PARA LA DEFENSA DEL
MENOR Y DE LA FAMILIA
PROCURADORES REGIONALES
PROCURADORES PROVINCIALES
PROCURADORES DISTRITALES
ASUNTO:VIGILANCIA PREVENTIVA TRANSFERENCIAS "I.C.B.F."

Con el fin de realizar vigilancia preventiva, y para efectos de los artículos 40 parágrafo 1 de la Ley 7 de 1979, 1 parágrafo 3. de la Ley 89 de 1988 y 48 numeral 28 de la Ley 734 de 2002, deberán programarse visitas especiales y ejercerse control periódico permanente ante las entidades oficiales y particulares que ejercen funciones públicas en orden a que estas cumplan cabalmente con las transferencias que les corresponde hacer a favor del I.C.B.F., de acuerdo a sus competencias.

De constatarse el incumplimiento por omisión de las transferencias, s retardo u obstaculización se iniciaran de inmediato las investigaciones disciplinarias.

La Procuradora Delegada para la Defensa del Menor y de la Familia coordinara el cumplimiento de esta circular. Los Procuradores Regionales, Distritales y Provinciales rendirán informes mensuales sobre tal gestión.

Para el efecto se pondrán en contacto, de acuerdo al nivel jerárquico, con el Director Nacional y Directores Regionales y Seccionales del I.C.B.F.

CARLOS ARTURO GÓMEZ PAVAJEAU

Procurador General de la Nación

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"Guía Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación"
Última actualización: 31 de diciembre de 2018

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