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DIRECTIVA 15 DE 2008

(junio 19)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION

DE:PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN
PARA:VICEPROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN
SALA DISCIPLINARIA
AUXILIAR ASUNTOS DISCIPLINARIOS
PROCURADORES DELEGADOS
DIRECCIÓN NACIONAL INVESTIGACIONES ESPECIALES VEEDURIA
PROCURADORES REGIONALES
PROCURADORES PROVINCIALES
PROCURADURÍAS DISTRITALES
ASUNTO:FACILITAMIENTO A LABOR DE LOS DEFENSORES DE OFICIO CUANDO SON DESIGNADOS POR LOS CONSULTORIOS JURIDICOS DE LAS UNIVERSIDADES.
FECHA:JUNIO 19 DE 2008

CONSIDERANDO:

1. Que el Procurador General de la Nación es "el supremo director del Ministerio Público" (artículo 275 de la Carta Política) y como talle corresponde "velar por el cumplimiento de las leyes" y por "el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas" (artículo 277 numerales 1 y 5 ibídem);

2. Que los servidores públicos facultados para el ejercicio de la acción disciplinaria son agentes y delegados del Ministerio Público y como tal del Procurador General de la Nación (artículos 277 y 280 de la Carta Política);

3. Que el Procurador General de la Nación le compete expedir las directivas "necesarias para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas en la ley", como también las que "resulten conducentes para el ejercicio de las funciones públicas", entre ellas la función disciplinaria, como resulta pertinente (artículo 7o numeral 7 del Decreto 262 de 2000).

4. Que el artículo 93 de la Ley 734 de 2002 establece que: "Los estudiantes de consultorios Jurídicos, podrán actuar como defensores de oficio, en los procesos disciplinarios. según los términos previstos en la ley 583 de 2000.....". Los apartes subrayados fueron declarados exequibles, por los cargos analizados, en sentencia C-1076/02 de la Corte Constitucional al considerar que: “En efecto, esta Corporación ha insistido en que las defensas que realizan los estudiantes de derecho durante su consultorio jurídico, además de constituir una valiosa labor social, lejos de vulnerar el derecho a un debido proceso, en especial a contar con una adecuada defensa técnica, lo garantizan".

5. Que La Corte Constitucional mediante Sentencia No. C-143/01, con ponencia del Dr. José Gregario Hernández Galindo, Expresó: " los estudiantes que pertenecen a los consultorios jurídicos actúan bajo la coordinación de profesores designados para el efecto y atendiendo orientaciones del propio consultorio jurídico, que les asiste en la elaboración de alegatos sin que pueda el estudiante ejercer en forma incontrolada o carente de orientación jurídica y académica, lo cual garantiza la idoneidad de la defensa o intervención en favor de la persona que requiere de su representación ".

6. Que los estudiantes de las Facultades de Derecho de las distintas Universidades que pertenecen a los consultorios jurídicos, deben seguir unos lineamientos trazados por los reglamentos expedidos para tales efectos, dado que son los directores de estos consultorios los encargados de ejercer la guía y supervisión de dicha actividad, por tanto, la Procuraduría General de la Nación, como entidad beneficiaria de dichos defensores de oficio debe propender por el cabal desempeño de sus funciones.

7. Que en orden a colaborar con la efectiva gestión de los defensores de oficio designados por las Universidades en los procesos disciplinarios, se:

DISPONE:

PRIMERO: Las dependencias que utilicen los servicios de los defensores de oficio designados por los Consultorios Jurídicos de las distintas Universidades, deberán facilitar al estudiante la expedición de las copias de las piezas procesales que sean necesarias para ejercer la defensa de los funcionarios investigados, de conformidad con lo establecido en la Resolución No.116 de 2003.

SEGUNDO: Se deberá permitir al estudiante tanto el examen del expediente como el acceso a la información sobre el estado actual del proceso para facilitar el seguimiento y control de los mismos, las veces que los reglamentos de cada Consultorio Jurídico se lo exijan.

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Guía Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación"
Última actualización: 31 de diciembre de 2018

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