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Resolución 6054 de 2010 ICBF

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RESOLUCIÓN 6054 DE 2010

(diciembre 30)

Diario Oficial No. 48.031 de 3 de abril de 2011

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - ICBF

<Lineamiento tácitamente derogado>

<Consultar Lineamiento en la carpeta de Anexos como documento en PDF>

Por la cual se aprueban los Lineamientos Técnico - Administrativos y Estándares del Programa de Alimentación Escolar, PAE

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS

En uso de las facultades legales y estatutarias y en especial de las conferidas en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el inciso 2o del artículo 2o del Decreto 117 de 2010 y la Ley 1098 de 2006, y

CONSIDERANDO

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Decreto No. 2388 de 1979, las actividades que realicen las entidades del Sistema Nacional de Bienestar Familiar con el fin de prestar el Servicio Público de Bienestar Familiar deberán cumplirse con estricta sujeción a las normas del servicio y a los reglamentos dictados por el ICBF.

Que el parágrafo del artículo 11 de la Ley 1098 de 2006, "Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia", establece que el ICBF, como ente coordinador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, mantendrá todas las funciones que hoy tiene (Ley 75/68 y Ley 7a/79) y definirá los lineamientos técnicos que las entidades deben cumplir para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, y para asegurar su restablecimiento. Así mismo coadyuvará a los entes nacionales, departamentales, distritales y municipales en la ejecución de sus políticas públicas, sin perjuicio de las competencias y funciones constitucionales y legales propias de cada una de ellas.

Que de conformidad con los artículos 21 y 23 del Decreto No. 117 de 2010, la Subdirección de Niñez y Adolescencia y la Subdirección de Nutrición de la Dirección de Prevención son las dependencias encargadas de la revisión, actualización y definición de los lineamientos y estándares técnicos de ejecución del Programa de Alimentación Escolar y proyectos relacionados con el tipo de atención en el que son expertos.

Que son necesarios para el ICBF la promoción y el posicionamiento del Programa de Alimentación Escolar, de acuerdo con la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y el Plan Nacional para la niñez y adolescencia 2008 -2017.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar los Lineamientos Técnicos y Administrativos del Programa de Alimentación Escolar, PAE, los cuales harán parte integral de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO. Los Lineamientos aprobados por el artículo primero de la presente Resolución son de obligatorio cumplimiento para las áreas, entidades y servidores públicos que prestan el Servicio Público de Bienestar Familiar.

ARTÍCULO TERCERO. La Dirección de Prevención, los Directores Regionales y los Coordinadores de Centro Zonal deberán adoptar las medidas para el cumplimiento y difusión de esta Resolución.

ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de su publicación y deroga las Resoluciones Nos. 3858 de 31 de diciembre de 2007 y 5540 <sic, 5440> de 2 de diciembre de 2009.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los 30 DIC. 2010

ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ

Directora General

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