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Resolución 189 de 2010 PGN

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RESOLUCIÓN 189 DE 2010

(mayo 6)

Diario Oficial No. 47.720 de 25 de mayo de 2010

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por medio de la cual se distribuye y se fija la sede y la circunscripción territorial de las Procuradurías Judiciales de Familia.

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 7, 8, 38, 40 y el parágrafo del artículo 7o del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 7 del artículo 277 de la Constitución Política, señala al Procurador General de la Nación por sí o por medio de sus Delegados y Agentes la función de:

“Intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales”.

Que los numerales 7 y 8 del artículo 7o del Decreto 262 de 2000 le otorgan al Procurador General de la Nación las facultades de expedir los actos administrativos que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley; así como para distribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la ley a la Procuraduría General de la Nación, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad, cada vez que por necesidades del servicio se requiera.

Que el numeral 38 del artículo 7o del Decreto 262 de 2000 faculta al Procurador General de la Nación para organizar las dependencias de la Procuraduría General de la Nación en orden a su adecuado funcionamiento conforme a las reglas y principios establecidos en este decreto y denominarlas de acuerdo con las necesidades del servicio. A su vez, que el numeral 40 del artículo 7o del citado decreto lo faculta para distribuir, fijar la sede y la circunscripción territorial de los empleos de asesores de su Despacho de las diferentes dependencias y de cada uno de los empleos de la entidad, de acuerdo con las necesidades del servicio.

Que el parágrafo del artículo 7o del Decreto 262 dispone: “El Procurador General de la Nación ejercerá directamente las funciones que le otorga el artículo 278 de la Constitución Política. Las señaladas en el artículo 277 Constitucional y las demás atribuidas por el legislador podrá ejercerlas por sí o delegarlas en cualquier servidor público o dependencia de la entidad, en los términos establecidos en este decreto”.

Que el artículo 47 del precitado decreto establece: “Los procuradores judiciales con funciones de intervención en los procesos de familia actuarán ante las Salas de Familia de los Tribunales de Distrito Judicial, los Juzgados de Familia, Promiscuos de Familia y de Menores y demás autoridades que señale la ley, cuando sea necesario para defender el orden jurídico, el patrimonio público, las garantías y derechos fundamentales, individuales, colectivos o del ambiente.

En desarrollo de esta intervención, actuarán especialmente en los procesos en que puedan resultar afectados la institución familiar y los derechos y garantías fundamentales de los menores o los incapaces”.

Que el artículo 211 del Código de la Infancia y la Adolescencia determina que la Procuraduría General de la Nación ejercerá las funciones asignadas en esta Ley por intermedio de la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia, la cual a través de las Procuradurías Judiciales ejercerá las funciones de vigilancia superior, de prevención, control de gestión y de intervención ante las autoridades administrativas y judiciales tal como lo establece la Constitución Política y la ley.

Que el artículo 30 de la Resolución número 017 de 2000 expedida por el Procurador General de la Nación denominó las Procuradurías Judiciales y delegó las funciones de intervención de los Procuradores Judiciales.

Por lo anterior, el Procurador General de la Nación,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. SEDE Y CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL DE LAS PROCURADURÍAS JUDICIALES DE FAMILIA A NIVEL NACIONAL. La sede y circunscripción territorial de las Procuradurías Judiciales de Familia será como a continuación se indica:

1. Procuraduría Judicial de Familia de Armenia

1.1. Procuraduría Judicial de Familia de Armenia con sede en Armenia y con circunscripción territorial en esa ciudad y el municipio de Calarcá.

2. Procuraduría Judicial de Familia de Barranquilla

2.1. Procuraduría Judicial de Familia de Barranquilla con sede en Barranquilla y con circunscripción territorial en esa ciudad.

3. Procuraduría Judicial de Familia de Buga

3.1. Procuraduría Judicial de Familia de Buga con sede en Buga y con circunscripción territorial en esa ciudad y los municipios de Cartago, Tuluá y Palmira.

4. Procuraduría Judicial de Familia de Bucaramanga

4.1. Procuraduría Judicial de Familia de Bucaramanga con sede en Bucaramanga y con circunscripción territorial en esa ciudad.

5. Procuraduría Judicial de Familia de Cali

5.1. Procuraduría Judicial de Familia de Cali con sede en Cali y con circunscripción territorial en esa ciudad.

6. Procuraduría Judicial de Familia de Cartagena

6.1. Procuraduría Judicial de Familia de Cartagena con sede en Cartagena y con circunscripción territorial en esa ciudad.

7. Procuraduría Judicial de Familia de Cúcuta

7.1. Procuraduría Judicial de Familia de Cúcuta con sede en Cúcuta y con circunscripción territorial en esa ciudad y en la ciudad de Pamplona.

8. Procuraduría Judicial de Familia de Florencia

8.1. Procuraduría Judicial de Familia de Florencia con sede en Florencia y con circunscripción territorial en esa ciudad.

9. Procuraduría Judicial de Familia de Ibagué

9.1. Procuraduría Judicial de Familia de Ibagué con sede en Ibagué y con circunscripción territorial en esa ciudad.

10. Procuraduría Judicial de Familia de Medellín

10.1. Procuraduría Judicial de Familia de Medellín con sede en Medellín y con circunscripción territorial en esa ciudad.

11. Procuraduría Judicial de Familia de Manizales

11.1. Procuraduría Judicial de Familia de Manizales con sede en Manizales y con circunscripción territorial en esa ciudad.

12. Procuraduría Judicial de Familia de Montería

12.1. Procuraduría Judicial de Familia de Montería con sede en Montería y con circunscripción territorial en esa ciudad y en el municipio de Cereté.

13. Procuraduría Judicial de Familia de Neiva

13.1. Procuraduría Judicial de Familia de Neiva con sede en Neiva y con circunscripción territorial en esa ciudad.

14. Procuraduría Judicial de Familia de Pasto

14.1. Procuraduría Judicial de Familia de Pasto con sede en Pasto y con circunscripción territorial en esa ciudad.

15. Procuraduría Judicial de Familia de Pereira

15.1. Procuraduría Judicial de Familia de Pereira con sede en Pereira y con circunscripción territorial en esa ciudad y el municipio de Dosquebradas.

16. Procuraduría Judicial de Familia de Popayán

16.1. Procuraduría Judicial de Familia de Popayán con sede en Popayán y con circunscripción territorial en esa ciudad.

17. Procuraduría Judicial de Familia de Quibdó

17.1. Procuraduría Judicial de Familia de Quibdó con sede en Quibdó y con circunscripción territorial en esa ciudad y el municipio de Istmina.

18. Procuraduría Judicial de Familia de Riohacha

18.1. Procuraduría Judicial de Familia de Riohacha con sede en Riohacha y con circunscripción territorial en esa ciudad y los municipios de San Juan del Cesar y Maicao.

19. Procuraduría Judicial de Familia de Yopal

19.1. Procuraduría Judicial de Familia de Yopal con sede en Yopal y con circunscripción territorial en esa ciudad.

20. Procuraduría Judicial de Familia de Santa Marta

20.1. Procuraduría Judicial de Familia de Santa Marta con sede en Santa Marta y con circunscripción territorial en esa ciudad y en los municipios de Ciénaga y Fundación.

21. Procuraduría Judicial de Familia de Santa Rosa de Viterbo

21.1. Procuraduría Judicial de Familia de Santa Rosa de Viterbo con sede en Santa Rosa de Viterbo y con circunscripción territorial en esa ciudad y en las ciudades de Duitama, Sogamoso y Soatá.

22. Procuraduría Judicial de Familia de Sincelejo

22.1. Procuraduría Judicial de Familia de Sincelejo con sede en Sincelejo y con circunscripción territorial en esa ciudad y en los municipios de Corozal y Lorica.

23. Procuraduría Judicial de Familia de Tunja

23.1. Procuraduría Judicial de Familia de Tunja con sede en Tunja y con circunscripción territorial en esa ciudad.

24. Procuraduría Judicial de Familia de Valledupar

24.1. Procuraduría Judicial de Familia de Valledupar con sede en Valledupar y con circunscripción territorial en esa ciudad.

25. Procuraduría Judicial de Familia de Villavicencio

25.1. Procuraduría Judicial de Familia de Villavicencio con sede en Villavicencio y con circunscripción territorial en esa ciudad.

26. Procuraduría Judicial de Familia de Bogotá, D. C.

26.1. Procuraduría Judicial de Familia de Bogotá, D. C., con sede en Bogotá, D. C. y con circunscripción territorial en esa ciudad y en el departamento de Cundinamarca.

ARTÍCULO 2o. El Procurador General de la Nación podrá modificar la denominación y sede de las Procuradurías Judiciales de Familia, de acuerdo con las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la Procuraduría General de la Nación.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución número 119 de 11 de mayo de 2006 y las demás que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 6 de mayo de 2010.

El Procurador General de la Nación,

ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO.

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