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MEMORANDO 2 DE 2026

(abril 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

De:Gabriel Bustamante Peña, procurador delegado preventivo y de control de gestión 5: para el Seguimiento del Acuerdo de Paz
Para:Funcionarios de la Procuraduría Delegada Preventiva y de Control de Gestión 5: para el Seguimiento del Acuerdo de Paz
Asunto:Lineamientos para la participación y asistencia a instancias, subcomités técnicos y mesas técnicas del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a Víctimas (SNARIV) (1)
Fecha:9 de abril de 2026

Conforme con lo establecido en el Decreto 1084 de 2015, en el artículo 2.2.8.1.7. según la conformación de los subcomités, la Procuraduría hace parte de, (i) Atención y Asistencia, (ii) Medidas de Satisfacción, (iii) Prevención Protección y Garantías de No Repetición. Adicionalmente, puede participar como invitado permanente en los Subcomités de (iv) Coordinación Nación-Territorio, (v) Sistemas de Información, (vi) Medidas de Rehabilitación, (vii) Reparación Colectiva, (viii) Restitución, (ix) Indemnización Administrativa y, (x) Enfoque Diferencial.

La participación de la Procuraduría en estas instancias de Coordinación del SNARIV, se enmarca en el ejercicio de la función misional preventiva y por lo tanto, debe hacerse seguimiento y control a la gestión de los compromisos institucionales que se asuman en dichos espacios, de tal forma que se garantice el adecuado diseño e implementación de la política pública de prevención, asistencia, atención y reparación integral a las víctimas, en los términos de la Ley 1448 de 2011, el Decreto 1084 de 2015, y demás Resoluciones y Actos Administrativos que regulan la implementación de la política pública de víctimas.

En este sentido, es importante tener en cuenta los siguientes lineamientos con el fin de garantizar nuestra efectiva y acertada participación e incidencia en las instancias mencionadas

1. Cada Instancia o Subcomité contará con la asignación de dos funcionarios y/o funcionarias, quienes tendrán la responsabilidad de asistir y participar activamente en representación de la Procuraduría General de la Nación en todas las sesiones programadas en el año. De acuerdo con la siguiente distribución:

2. Los funcionarios(as) asignadas deberán abrir un asunto ordinario (E-2026-XXXX) en el SIM con el objetivo de registrar las actividades preventivas[1] que realice en cada instancia y/o Subcomité y las mesas técnicas y elaborar el respectivo informe de cierre al finalizar el año.

3. Los funcionarios(as) responsables deberán realizar un oficio de designación formal firmado por el Delegado para remitir al correo de la secretaría técnica de cada subcomité.

4. La asistencia a cada Subcomité tiene como propósito principal hacer seguimiento a los siguientes aspectos: (i) verificar el cumplimiento del objetivo para el cual fue creado, (ii) Verificar la actualización de los Reglamentos Internos Operativos, (iii) verificar la elaboración, implementación, avances y dificultades del Plan Operativo Anual–POA (el POA se elabora con la participación de los representantes de víctimas) (iv) verificar el cumplimiento de las orientaciones técnicas dadas para su funcionamiento, (v) verificar que cada Subcomité sesione cuatro (4) veces al año (vi) verificar que se elaboren y entreguen los soportes y reportes respectivos a cada vigencia con información detallada de su funcionamiento y (vii) verificar la asistencia de los miembros que conforman cada comité según lo reglamentado en el Decreto 1084 de 2015.

5. En relación con el POA, la Procuraduría, como órgano de control, no deberá participar en la votación para aprobar o no del POA, pero sí se deben manifestar las observaciones que tenga tanto en la formulación como en la ejecución de este instrumento de planeación. Los Subcomités Técnicos del nivel nacional deben tener metas y acciones coherentes con las metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo para cada uno de los temas.

6. Como órgano de control, se debe verificar que en cada sesión del Subcomité se cuente con la participación de los respectivos representantes de las víctimas para la instancia y que estas cuenten con las garantías necesarias para que su participación sea efectiva, en los términos de la Ley 1448 de 2011 y la Resolución 01668 de 2020. En especial que sus propuestas sean escuchadas y debatidas, se les permita aclarar todas sus dudas y se les brinde una respuesta clara y fundamentada a las propuestas que ellos realicen, definiéndose claramente los compromisos a los cuales se les deberá hacer seguimiento. Es importante señalar que un POA elaborado sin la participación de los representantes de las víctimas en el Subcomité no es válido.

7. Para los subcomités en los que se vayan a tomar decisiones de incidencia de la política, se deberá informar al Procurador Delegado de manera anticipada, con el fin de coordinar su participación y la intervención a realizar.

8. Para participar en cada sesión el funcionario y/o funcionaria designada deberá conocer previamente la agenda y el orden del día. En caso de no haberla recibido, deberá solicitarla a la Secretaría Técnica con anticipación. Si se advierte la pertinencia de incluir algún tema que no se encuentre en el orden del día se deberá solicitar su inclusión exponiendo los argumentos correspondientes.

9. Para los casos de las dos sesiones de los subcomités que sesionan fuera de la ciudad de Bogotá, se deberá indicar al Procurador Delegado la planeación de los dos lugares en donde se realizarán y que se aprobarán en la primera sesión, con el fin de gestionar los viáticos correspondientes ante Secretaría General.

10. Los funcionarios(as) designados, deberán solicitar las actas de cada sesión y hacer seguimiento al cumplimiento oportuno de los compromisos asumidos por las entidades que participen cada Subcomité.

11. Los funcionarios(as) designados, deberán requerir a las entidades que conforman los subcomités, en caso de que no asistan a la primera y, de no existir una justificación válida de su inasistencia, se deberá remitir al competente disciplinario, con un auto de traslado de nuestro asunto preventivo.

12. Si en el desarrollo de las sesiones de los Subcomités Técnicos se advierten situaciones que requieran de la intervención de la Procuraduría, los funcionarios podrán: (i) Convocar reuniones para avanzar y/o aclarar problemáticas identificadas, (ii) Realizar requerimientos posteriores que sean necesarios, (iii) Solicitar que se convoquen sesiones extraordinarias o mesas técnicas para abordar problemáticas o solicitudes específicas. En todo caso, podrán adelantarse otras actividades preventivas que se consideren pertinentes.

13. Es importante destacar en nuestra participación, que incidencia ha tenido el subcomité.

14. Se insta a los funcionarios(as) designados a realizar los reportes semanales y mensuales obligatorios de acciones estratégicas de la Delegada que se envían al despacho del señor Procurador General.

Cordial saludo,

GABRIEL BUSTAMANTE PEÑA

Procurador Delegado Preventivo y de Control de Gestión 5

Para el Seguimiento del Acuerdo de Paz

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>.

1. Los distintos escenarios y tipos de actuación definen una serie de actividades preventivas que el operador

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