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MEMORANDO 210126 DE 2026

(enero 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Para:Dependencias Procuraduría General de la Nación
De:Oficina de control interno
Asunto:Recomendación preventiva sobre la necesidad de designar reemplazos durante el disfrute de vacaciones
Fecha:21 de enero de 2026

Cordial saludo respetados funcionarios:

De manera atenta y en cumplimiento de las funciones establecidas en el artículo 13 del Decreto Ley 262 de 2000(1); así como, a lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 648 de 2017(2), en relación con los roles de enfoque hacia la prevención y evaluación y seguimiento asignados a las Oficinas de Control Interno, se permite hacer las siguientes recomendaciones:

1-. La PGN, en cumplimiento de los artículos 209 y 277 de la Constitución Política, debe garantizar el ejercicio permanente de sus funciones, las cuales no admiten interrupción por ausencias temporales del personal. En este sentido, si bien el disfrute de vacaciones constituye un derecho legal de los empleados públicos, reconocido en el Decreto Ley 1045 de 1978, dicho derecho debe armonizarse con la obligación institucional de asegurar la continuidad del servicio.

2.- Así mismo, el Decreto Ley 262 de 2000, que regula la estructura y funciones de la Procuraduría General de la Nación, y el Decreto 1083 de 2015, permiten la adopción de figuras administrativas como el encargo o la asignación temporal de funciones, precisamente para evitar la afectación de los procesos misionales y administrativos.

No obstante, dada la naturaleza misional preventiva, disciplinaria y de intervención judicial que caracteriza las funciones asignadas constitucional y legalmente a la Procuraduría General de la Nación (PGN), así como los procesos administrativos que las complementan, la ausencia temporal de funcionarios por disfrute de vacaciones, sin la debida provisión de reemplazos temporales, puede generar afectaciones relevantes en la continuidad del servicio público y en el cumplimiento de los fines constitucionales del Ministerio Público.

3.- En tal sentido, se recomienda a la dependencia de Talento Humano y a los responsables de las distintas áreas que, la planeación de vacaciones se articule con la adopción oportuna de mecanismos de reemplazo (reemplazos temporales, encargos o asignación de funciones), garantizando la delegación clara de responsabilidades y la trazabilidad de las actuaciones, como medida necesaria para asegurar la continuidad del servicio público y no afectar los objetivos institucionales.

Cordialmente,

PEDRO GABRIEL MENDIVIL GUZMAN

Jefe de Oficina de Control interno

<NOTAS DE PIE DE PAGINA>.

1. "Por el cual se modifican la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público; el régimen de competencias interno de la Procuraduría General; se dictan normas para su funcionamiento; se modifica el régimen de carrera de la Procuraduría General de la Nación, el de inhabilidades e incompatibilidades de sus servidores y se regulan las diversas situaciones administrativas a las que se encuentren sujetos."

2. "Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública"

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