RESOLUCIÓN 193 DE 2026
(julio 22)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Por medio de la cual se reubica un empleo, distribuye y organizan funciones y se crea un grupo de trabajo al interior del Despacho del Procurador General la Nación y se modifica el Grupo de gestión Estratégica de planta de personal -GEPP adscrito a este despacho.
EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN
en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas en los numerales 6, 7, 8, 33 y 35 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2 del Decreto Ley 1851 de 2021,
CONSIDERANDO
Que el numeral 7 del artículo 7o. del Decreto 262 de 2000, modificado por el artículo 2o. del Decreto Ley 1851 de 2021, faculta al Procurador General de la Nación para expedir actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley.
Que los numerales 6 y 8 del artículo 7o. ibidem, autorizan al Procurador General de la Nación para asignar y distribuir las funciones y competencias que le fueron atribuidas en la Constitución y la ley, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad, atendiendo criterios de especialidad, jerarquía y las calidades de las personas investigadas, cada vez que por necesidades del servicio se requiera.
Que el numeral 29 ibidem faculta al Procurador General de la Nación para crear comités asesores y grupos de trabajo para el cumplimiento de las funciones de la entidad y los previstos en la Ley.
Que el numeral 30 ibídem, conforme a la necesidad del servicio permite organizar las entidades territoriales, oficinas especiales de las diferentes dependencias de la Procuraduría, con las funciones establecidas en el Decreto Ley 262 de 2000, siempre que no esté relacionado con el cargo del Tesoro Público obligaciones que excedan el monto global fijado para el respectivo servicio en la Ley de Apropiaciones y que el numeral 33 por su parte permite al Procurador General de la Nación Organizar las dependencias de la Procuraduría General de la Nación para su adecuado funcionamiento conforme a las reglas y principios establecidos.
Que el numeral 35 ibidem, le otorga la facultad al Procurador General de la Nación para Distribuir, fijar la sede y la circunscripción territorial de los empleos de asesor de su despacho, de las diferentes dependencias y de cada uno de los empleos de la entidad, de acuerdo con las necesidades del servicio.
Que el numeral 25 ibídem, establece como función del Procurador General de la Nación la de Adelantar gestiones ante entidades nacionales o extranjeras, con el fin de establecer relaciones interinstitucionales o celebrar convenios que contribuyan al cumplimiento de las funciones del Ministerio Público.
Que el numeral 48 ibidem estipula como una de las funciones del Procurador General de la Nación la de Fijar los parámetros de las campañas institucionales necesarias para el cumplimiento de las funciones la entidad.
Que la Ley 2553 de 2025 Ministerio de Educación, transforma jurídicamente la naturaleza Instituto de Estudios del Ministerio público (IEMP) en la Universidad Especial del Ministerio Público, organizada como un ente universitario autónomo estatal del orden nacional con personería jurídica, patrimonio independiente y autonomía académica, administrativa, financiera y presupuestal y vinculada a la Procuraduría General de la Nación.
Que conforme a lo establecido en el parágrafo transitorio del artículo 17 de la Ley 2553 de 2025, el Procurador General de la Nación de acuerdo con la transición del Instituto de Estudios del Ministerio Publico, podrá distribuir y ubicar los empleos de la planta de personal globalizada, en la Universidad del Ministerio Público o entre las distintas dependencias de la Procuraduría, de acuerdo con las necesidades del servicio.
Que, en virtud de lo anterior, se reubica en el Despacho del Procurador General de la Nación, el empleo de Jefe de División código 2JD grado 22 de la Planta Fija de Nivel Central - Otros Empleos del Nivel Central y se un grupo.
Que los numerales 2 y 3 del artículo 14 del Decreto Ley 262 de 2000, establece como funciones de la Oficina de Prensa coordinar las relaciones entre la entidad y los medios de comunicación, y difundir las informaciones periodísticas de la Procuraduría General, lo anterior en el marco del numeral 48 del artículo 7o. del Decreto Ley 262 de 2000 modificado por el decreto Ley 1851 de 2021
Que dada la carga laboral que presenta actualmente la Oficina de Prensa y con el fin de optimizar recursos y garantizar la articulación en tiempo real de la entidad con los usuarios internos y externos; se hace necesario abordar temas prioritarios con el fin de atender de manera eficaz y eficiente el cumplimiento de las funciones de la entidad.
Que mediante Resolución No. 222 del 19 de agosto de 2001, modificada por la Resolución No. 012 de 23 de enero de 2013, se creó al interior del Despacho del Procurador General de la Nación el Grupo de Cooperación Internacional, el cual tiene a su cargo la asesoría, coordinación, seguimiento y atención de la cooperación y los asuntos internacionales de la Entidad.
Que mediante Resolución 441 del 4 de octubre de 2013, se adicionó el artículo segundo a la Resolución 222 de 2001, con el fin de que el Grupo de Cooperación Internacional, adelante acciones preventivas encaminadas a lograr el adecuado desempeño de las competencias asignadas a los funcionarios consulares y diplomáticos colombiano.
Que, por medio de la Resolución No. 1047 de 2019 "Por medio del cual se deroga la Resolución 441 de 2013 y se modifica la Resolución 222 de 2001" se modificaron las funciones y competencias del Grupo de Cooperación Internacional.
Que, una de las funciones del Grupo de Cooperación Internacional se encuentra orientadas a la asesoría orientadas a la asesoría, coordinación, gestión y seguimiento de las actividades relacionadas con la cooperación internacional, el relacionamiento con gobiernos extranjeros, organismos, agencias y organizaciones internacionales,
Que, si bien la Procuraduría General de la Nación, cuenta con un grupo especializado para el desarrollo de las relaciones institucionales en el ámbito internacional, en atención a las necesidades del servicio, resulta necesario adoptar medidas de organización internas orientadas a fortalecer las relaciones públicas de la Procuraduría General de la Nación, al relacionamiento estratégico y el protocolo institucional con entidades del ámbito nacional, complementar el ejercicio de las funciones del Procurador General de la Nación, sin afectar las competencias asignadas al grupo de cooperación internacional.
Que, con el propósito de fortalecer la capacidad institucional del Despacho del Procurador General de la Nación, resulta pertinente asignar al empleo de Jefe de División, código 2JD, grado 22 (ID. 0834), las funciones relacionadas con el relacionamiento estratégico, las relaciones públicas y el protocolo institucional, en ejercicio de la facultad prevista en el numeral 25 del artículo 7o. del Decreto Ley 262 de 2000. Dichas funciones estarán orientadas a articular, liderar, orientar, coordinar y controlar las actividades de relacionamiento estratégico, relaciones públicas y protocolo institucional desde el Despacho del Procurador General de la Nación, con el acompañamiento y apoyo de la Oficina de Prensa y del Grupo de Comunicaciones de la Dirección de Apoyo Estratégico, Análisis de Datos e Información (DAE).
Que, con el fin de optimizar recursos y garantizar la articulación en tiempo real de la entidad con los usuarios internos y externos; se hace necesario abordar temas prioritarios con el fin de atender de manera eficaz y eficiente el cumplimiento de las funciones de la entidad.
En ese sentido, la reubicación de cargo, creación de grupo interno de trabajo y la distribución parcial de la ejecución de determinadas funciones buscan fortalecer la capacidad institucional del Despacho del Procurador General de la Nación, optimizar la articulación entre las dependencias, especializar la gestión administrativa y asegurar una respuesta más oportuna, eficaz y coordinada frente a las necesidades institucionales.
Que la presente resolución responde a las necesidades del servicio, entendidas como la obligación de adoptar las medidas organizacionales necesarias para garantizar el cumplimiento eficiente, coordinado y especializado de las funciones legales asignadas a la Procuraduría General de la Nación.
Que por medio de la Resolución No. 100 del 17 de abril de 2026, se creó el grupo de Gestión Estratégica de Planta de Personal-GEPP y se establecieron sus funciones y las de su coordinador.
Que, en atención a las necesidades del servicio y con el propósito de fortalecer la organización y el funcionamiento del Grupo de Gestión Estratégica de Planta de Personal (GEPP), resulta necesario modificar las funciones asignadas al Grupo y a su coordinador, con el fin de optimizar el cumplimiento de sus objetivos y adecuarlas a las necesidades institucionales.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
GRUPO RELACIONES PÚBLICAS, DE PROTOCOLO, CEREMONIAS Y DISTINCIONES INSTITUCIONALES.
ARTÍCULO 1o. Reubicar el empleo de Jefe de División, código 2JD, Grado 22, (ID0834), de la Planta Fija de Nivel Central-Otros Empleos del Nivel Central, en el Despacho del Procurador General de la Nación, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo y las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 2o. Distribuir y asignar las funciones y competencias al empleo de jefe de División código 2JD, Grado 22, (ID0834) del Despacho del Procurador General de la Nación, el ejercicio de las actividades relacionadas con las relaciones públicas, el relacionamiento estratégico y el protocolo institucional, en desarrollo de la función prevista en el numeral 25 del artículo 7o. y los numerales 2 y 3 del artículo 14 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el Decreto Ley 1851 de 2021
PARÁGRAFO 1o. La distribución y asignación de las funciones efectuadas al empleo de Jefe de División código 2JD, Grado 22, (ID0834) ubicado en el despacho del Procurador General Nación, las ejercerá de conformidad con las funciones propias del Nivel Ejecutivo, de conformidad Decreto Ley 264 de 2000.
PARÁGRAFO 2o. La distribución de funciones en el presente artículo comprende únicamente las materias y asuntos expresamente señaladas en este artículo, y no modifica las funciones atribuidas al Grupo de Cooperación Internacional por medio de la Resolución No. 1047 del 25 de noviembre de 2019 ni las atribuidas a la atribuidas a la Oficina de Prensa por el artículo 14 del Decreto Ley 262 de 2000.
ARTÍCULO 3o. FUNCIONES. El Jefe de División deberá articular, liderar, orientar, coordinar y controlar actividades, cumpliendo las siguientes funciones:
1. Orientar, coordinar y fortalecer las relaciones públicas, el relacionamiento estratégico y el protocolo institucional.
2. Contribuir en el posicionamiento, la representación y la proyección de la Entidad en distintos eventos y ante distintas instituciones, entidades o autoridades Nacionales o Internacionales. (con interlocución clara con el grupo de Cooperación Internacional o el que haga sus veces).
3. Planificar, coordinar y supervisar el desarrollo de los actos, ceremonias, eventos y demás actividades institucionales de carácter oficial, garantizando la aplicación de las normas de protocolo, ceremonial, precedencia y etiqueta que correspondan.
4. Organizar y ejecutar los actos solemnes de imposición de las distinciones, reconocimientos y condecoraciones de la Suprema Orden del Ministerio Público, en articulación con el Consejo Honorífico de Representación de la Suprema Orden del Ministerio Público.
5. Adelantar las gestiones necesarias y articular el relacionamiento institucional con entidades públicas, organizaciones del sector privado, la academia, organismos nacionales, organizaciones de la sociedad civil y demás grupos de interés, fortaleciendo la articulación institucional y el diálogo estratégico.
6. Dirigir la preparación y participación de los directivos de la entidad en eventos, foros, encuentros y escenarios de representación institucional, suministrando los insumos, la coordinación y el acompañamiento requerido.
7. Coordinar la organización y ejecución de las visitas oficiales, encuentros institucionales y actividades de representación que involucren a la entidad, asegurando el cumplimiento de los lineamientos protocolarios y logísticos correspondientes.
8. Elaborar, actualizar e implementar lineamientos, manuales y protocolos relacionados con actos solemnes, ceremonias, protocolo institucional y ceremonial; además de las relaciones públicas.
9. Brindar asistencia técnica a las diferentes dependencias en materia de relaciones públicas, protocolo, eventos, actos ceremoniales y organización de actos oficiales.
10. Manejar el calendario institucional de los eventos de las dependencias de la entidad.
11. Realizar seguimiento a las estrategias de relacionamiento, imagen y posicionamiento institucional.
12. Proponer acciones de mejora y procedimientos necesarios para mejorar la imagen institucional, conforme a los lineamientos establecidos por el despacho.
13. Adelantar las actividades de orientación para el desarrollo de las funciones asignadas a cada uno de los miembros de los grupos de trabajo.
14. Conceder permisos por causas justificadas a los servidores que integran los grupos de trabajo bajo su coordinación, en virtud de lo dispuesto en las normas aplicables
15. Concertar, realizar seguimiento a los compromisos laborales y efectuar la respectiva calificación de servicios o nivel de desempeño de los servidores a cargo según el tipo de vinculación laboral.
16. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan con la naturaleza, objetivos y competencias de la dependencia.
ARTÍCULO 4o. CREACIÓN. Crear y conformar al interior del Despacho del Procurador General de la Nación, el Grupo de Relaciones Públicas, de Protocolo, Ceremonias y Distinciones Institucionales.
PARÁGRAFO. El grupo de trabajo creado y conformado en la presente resolución no modifican la estructura de la planta de personal de la entidad, al tratarse de formas operativas de distribución de tareas para cumplir con los fines institucionales, las necesidades del Servicio y el Plan Estratégico Institucional (PEI 2025-2028).
ARTÍCULO 5o. COORDINACIÓN. El Grupo de Relaciones Públicas, de Protocolo, Ceremonias y Distinciones Institucionales creado en ta presente resolución será coordinado por et Jefe de División, et cual es asignado por el Procurador General de la Nación, de conformidad con las necesidades del servicio.
ARTÍCULO 6o. OBJETO. El Grupo de Relaciones Públicas, de Protocolo, Ceremonias y Distinciones Institucionales adscrito al Despacho del Procurador General de la Nación tendrá por objeto planear, coordinar, ejecutar y diseñar: I) Estrategias de relacionamiento institucional y de relaciones públicas de la Procuraduría General de la Nación, orientadas al fortalecimiento de alianzas estratégicas, posicionamiento institucional, conforme a las misionalidades de la entidad II) Actividades protocolarias, ceremoniales y de organización de los eventos oficiales de la Entidad, garantizando la adecuada aplicación de las normas de protocolo III) Las demás tareas correlativas o complementarias, que le sean asignadas conforme con la naturaleza de las funciones asignadas por el Procurador General de la Nación.
ARTÍCULO 7o. FUNCIONES. El Grupo de Relaciones Públicas, de Protocolo, Ceremonias y Distinciones Institucionales tendrá las siguientes funciones:
1. Diseñar, coordinar y ejecutar las estrategias de comunicación, de relacionamiento institucional y posicionamiento de la entidad.
2. Diseñar e implementar la estrategia de relaciones públicas de la entidad.
3. Articular el relacionamiento con entidades del Estado, sector privado, academia y sociedad civil.
4. Identificar y gestionar alianzas estratégicas que fortalezcan el cumplimiento de la misión institucional.
5. Coordinar la participación institucional en eventos, foros, congresos y escenarios de representación.
6. Realizar levantamiento de información y mantener actualizado el mapa de públicos estratégicos de la entidad.
7. Hacer seguimiento a indicadores de percepción y posicionamiento institucional.
8. Planear, coordinar y articular los eventos institucionales de carácter oficial.
9. Elaborar y aplicar los protocolos de ceremonial, etiqueta y precedencia.
10. Coordinar las visitas oficiales de altas autoridades nacionales e internacionales (con interlocución clara con la grupo de Cooperación Internacional o la que haga sus veces).
11. Organizar actos solemnes, conmemoraciones, posesiones, reconocimientos y ceremonias institucionales.
12. Administrar el sistema de distinciones institucionales y coordinar los procesos para el otorgamiento de reconocimientos.
13. Custodiar y actualizar el manual de protocolo y ceremonias institucionales.
14. Solicitar apoyo a las diferentes dependencias de la entidad y mantener actualizado el calendario de ceremonias.
15. Coordinar los aspectos logísticos y protocolarios relacionados con la representación del Procurador General de la Nación y demás directivos.
16. Asesorar y apoyar a las dependencias en la organización de eventos y actos oficiales
17. Solicitar apoyo a las diferentes dependencias de la entidad.
18. Las demás tareas correlativas o complementarias, que le sean asignadas conforme con la naturaleza de las funciones asignadas al jefe, o asignadas por el Procurador General de la Nación.
PARÁGRAFO: En las actuaciones que involucren autoridades extranjeras, el grupo apoyará a las dependencias que tengan dicha competencia, sin asumir en ningún momento funciones relacionadas con la cooperación internacional.
ARTÍCULO 8o. PRESUPUESTO ECONÓMICO. Para garantizar el desarrollo de las funciones, el grupo tramitará las solicitudes de apropiación de partidas presupuestales para la contratación directa, adquisición de bienes servicios y suministros y las demás que se requieran para el cumplimiento de las mismas, así como la solicitud de expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, autorizaciones para la ejecución del gasto, reconocimiento de viáticos, gastos de viaje y demás erogaciones económicas serán tramitadas por conducto del Despacho del Procurador General de la Nación ante la Secretaría General, de conformidad con las disposiciones legales, reglamentarias y presupuestales vigentes.
ARTÍCULO 9o. UBICACIÓN. El Procurador General de la Nación en su calidad de nominador, podrá efectuar ubicación del personal dentro del Grupo de Relaciones Públicas, de Protocolo, Ceremonias y Distinciones Institucionales, de conformidad con las necesidades del servicio y la naturaleza de las funciones asignadas.
ARTÍCULO 10. ARTICULACIÓN. Las dependencias de la Procuraduría General de la Nación, en especial el Grupo de Cooperación Internacional y ta oficina de prensa, deberán articularse con et Grupo de Relaciones Públicas, de Protocolo, Ceremonias y Distinciones Institucionales y el Jefe de División adscritos al Despacho del Procurador para et desarrollo de tas funciones.
GRUPO DE GESTIÓN ESTRATÉGICA DE PLANTA DE PERSONAL- GEPP.
ARTÍCULO 11. MODIFICAR. el Objeto del El Grupo de Gestión Estratégica de Planta de Personal -GEPP, creado al interior del Despacho del Procurador General de la Nación, quedando así: I) Garantizar la adecuada administración, control y provisión de la planta de personal, mediante la gestión estratégica de la información y ta proyección oportuna de actos administrativos; II) Apoyar la toma de decisiones del Procurador General de la Nación, a través del suministro de información confiable, análisis técnico y reportes sobre la planta globalizada; III) Asegurar et cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios en los procesos de ingreso y movimiento de personal; IV) Gestionar y custodiar la información reservada y relacionada con la planta de personal, garantizando siempre la continuidad del servicio, ta confidencialidad y la disponibilidad. V) Apoyar procesos de Restructuración organizacionat. VI) Apoyar la planeación, administración y control estratégico de la planta de personal de la entidad, mediante la gestión, análisis, y manejo de la información reservada, la proyección de actos administrativos (la vinculación, movilidad y permanencia de los servidores públicos entre otros), Vil) Apoyar en procesos de restructuración organizacional y la articulación con las dependencias competentes, para la adecuada toma de decisiones por parte del Procurador General de la Nación. VIII) Las demás que requiera el Procurador General de la Nación.
ARTÍCULO 12. Modificar las funciones del Grupo de Gestión Estratégica de Planta de Personal-GEPP, quedando así:
1. Gestionar la planta de personal, mediante el análisis, seguimiento y consolidación de información relacionada con las vacantes existentes, conformación de dependencias con los servidores de la entidad, conforme a las necesidades del servicio y con el fin de contribuir a la toma de decisiones institucionales.
2. Proyectar actos administrativos relacionados con el ingreso, movimientos de personal de la Procuraduría General de la Nación, así como aquellos derivados del ejercicio de la potestad nominativa del Procurador General de la Nación.
3. Proyectar actos administrativos que concedan o nieguen la prórroga de posesión y revocatorias de nombramiento.
4. Proyectar conceptos de cumplimiento sobre los requisitos exigidos dentro del "Manual Específico de Funciones y Requisitos por Competencias Laborales" para las personas que serán vinculadas en la Procuraduría General de la Nación.
5. Presentar los informes e indicadores sobre la gestión de la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación a solicitud del Procurador General de la Nación y/o el Viceprocurador General de la Nación.
6. Suministrar a las diferentes áreas de la entidad, los insumos e informes que éstas requieran para dar contestación a peticiones, procesos de tutela y procesos judiciales que sean elevadas en el marco de sus competencias.
7. Prestar el soporte técnico, administrativo y logístico requerido por la Comisión de Carrera de la Procuraduría General de la Nación para el cumplimiento de sus funciones, en especial en lo relacionado con el agotamiento de las listas de elegibles y el trámite de los nombramientos en período de prueba y/o revocatoria de nombramientos de la misma.
8. Comunicar y/o notificar actos administrativos expedidos por el Procurador General de la Nación, y al Jefe de División de Gestión Humana, relativos a movimientos de personal y situaciones administrativas, de acuerdo con la naturaleza del acto administrativo y las normas señaladas en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
9. Remitir las constancias de notificación y/o comunicación de los actos administrativos señalados en el numeral anterior, al Grupo de Gestión de La Información Laboral para su respectivo archivo.
10. Realizar la verificación y análisis de la información relacionada con las condiciones de estabilidad laboral reforzada de los servidores de la entidad, con el fin de apoyar la gestión y la toma de decisiones, de conformidad con la normativa y jurisprudencia actualmente desarrollada.
11. Apoyar al Procurador General de la Nación y al Viceprocurador General de la Nación en la gestión de los asuntos relacionados con la Comisión de Personal, mediante la revisión, análisis de proyectos y trámite de las solicitudes presentadas, así como los insumos y respuesta que se requieran.
12. Adelantar los procesos de organización y distribución interna de la entidad, mediante el análisis técnico y jurídico de la planta de personal,, así mismo en la proyección y elaboración de propuestas e insumos al Procurador General de la Nación.
13. Actualizar y registrar en el Sistema de Información HOMINIS o el cual haga sus veces, las novedades administrativas acerca del ingreso, retiro y demás movimientos de personal y situaciones administrativas de los funcionarios de la Procuraduría General de la Nación y el Instituto de Estudios del Ministerio Público.
14. Desempeñar las actividades que resulten necesarias para el cumplimiento de sus funciones, siempre que guarden relación con la naturaleza del cargo y del grupo.
15. Las demás que sean asignadas por el Procurador General de la Nación.
ARTÍCULO 13. Modificar Las funciones específicas del Coordinador del Grupo de Gestión Estratégica de Planta de Personal– GEPP quedando así:
1. Asesorar jurídicamente al Procurador General de la Nación en la dinámica para la provisión de empleos vacantes en la entidad o movimientos de personal, analizando variables objetivas que permitan establecer las necesidades del servicio de las distintas dependencias a nivel nacional.
2. Asesorar jurídicamente al Procurador General de la Nación en la dinámica para la provisión de empleos vacantes en la entidad o movimientos de personal, analizando variables objetivas que permitan establecer las necesidades del servicio de las distintas dependencias a nivel nacional.
3. Ejercer la supervisión de las activades desarrolladas por los servidores del grupo implementando controles y buenas prácticas para su ejecución oportuna.
4. Realizar la revisión jurídica y de viabilidad de los actos administrativos de competencia del Grupo de Gestión Estratégica de Planta de Personal - GEPP.
5. Distribuir y organizar las tareas y cargas de trabajo entre los integrantes del grupo, según la especialidad, experiencia y necesidades del servicio.
6. Elaborar y consolidar informes, reportes, estadísticas y documentos sobre la Gestión Estratégica de Planta de Personal - GEPP.
7. Supervisar y hacer seguimiento a las actividades ejecutadas por los funcionarios que conforman el grupo, asegurando el cumplimiento de Los objetivos institucionales.
8. Impartir instrucciones y adoptar las medidas necesarias para garantizar que las actuaciones del grupo se desarrollen con eficiencia, eficacia y conforme a los lincamientos y estrategia institucional.
9. Informar permanentemente al Procurador General de la Nación sobre el estado de Los asuntos a cargo y formular estrategias para su cumplimiento.
10. Atender y responder oportunamente solicitudes relacionadas con los asuntos de competencia del grupo GEPP.
11. Velar por el uso, conservación y adecuado manejo de los equipos y bienes asignados al grupo.
12. Elaborar informes relativos al área de desempeño funcional del Grupo.
13. Asegurar el suministro oportuno de herramientas y elementos necesarios para el cumplimiento de las funciones del grupo, así como su adecuada distribución y uso.
14. Proyectar actos administrativos, oficios, instructivos o cualquier otro instrumento para consideración y/o firma del Procurador General de la Nación.
15. Conceder permisos justificados a los servidores del grupo, en virtud de las normas aplicables.
16. Concertar y dar seguimiento a compromisos laborales, así como evaluar el desempeño de los servidores a su cargo según el tipo de vinculación.
17. Cumplir las demás funciones correlativas o complementarias, inherentes a la naturaleza de las actividades del GEPP.
18. Las demás que le sean asignadas por el Procurador General de la Nación.
ARTÍCULO 14. COORDINADOR. El Grupo de Gestión Estratégica de Planta de Personal–GEPP, será coordinado por un servidor de la entidad siempre que sea de nivel Directivo, Ejecutivo, Asesor o Profesional, de acuerdo con la designación que determine para tal efecto el Procurador General de la Nación.
DISPOSICIONES FINALES.
ARTÍCULO 15. Comunicar por intermedio del Grupo de Gestión Estratégico de Planta de Personal comunicar a la Oficina de Prensa, a la Dirección de Apoyo Estratégico, Análisis de Datos e Información, a la Oficina de Tecnologías de la Información, Innovación y Transformación Digital; a la División de Documentación, a la División de Relacionamiento con el Ciudadana a la Oficina de Planeación y a las demás dependencias de La entidad, con el fin de ajustar las métricas de los sistemas de información de la entidad.
ARTÍCULO 16. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GREGORIO ELJACH PACHECO
Procurador General de la Nación