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jueves, 9 junio 2022 03:54 PM

AL ACOGER SOLICITUD DE LA PROCURADURÍA, TRIBUNAL ORDENÓ A LA ALCALDÍA DE CARTAGENA RESOLVER INCUMPLIMIENTOS EN EL PAE

 

  • El Tribunal le ha dado a la administración distrital un plazo de 48 horas para garantizar que el PAE llegue adecuadamente a 85 mil estudiantes.
  • La decisión busca evitar que niños, niñas y adolescentes sufran las consecuencias de incumplimientos contractuales y administrativos.
  • "Estamos vigilantes frente a la entrega de raciones alimentarias PAE en todo el país”, aseguró la Procuradora Margarita Cabello Blanco.
Bogotá D. C., 09 de junio de 2022 (@PGN_COL). Un fallo de segunda instancia proferido por el juez Primero Civil del Circuito de Cartagena, frente una acción de tutela interpuesta por el Procurador 10 Judicial de Familia de esa ciudad, ordenó a la administración distrital (Alcaldía y Secretaría de Educación) adoptar, en 48 horas, las medidas técnicas, administrativas y financieras pertinentes para garantizar la continuidad del Programa de Alimentación Escolar (PAE) a 85 mil estudiantes de 90 colegios oficiales de la ciudad.
 
Frente a esta decisión la Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, aseguró que “la alimentación de los niños, niñas y adolescentes es nuestra prioridad, estamos vigilantes frente a la entrega de raciones alimentarias PAE en todo el país”.
Entre los argumentos expresados por el Ministerio Público en su acción legal están los reiterados incumplimientos de los operadores del programa: Unión Temporal Cartagena Exprés y Por los Niños de la Heroica, en la entrega de los paquetes alimentarios en las instituciones educativas.
 
En el fallo de primera instancia, proferido el pasado 22 de abril, el juez 15 Civil Municipal de Cartagena negó el amparo al considerar que los accionantes contaban con otros mecanismos judiciales que podrían haber utilizado antes de acudir a la tutela. El Ministerio Público impugnó la decisión, argumentando que los derechos de niños, niñas y adolescentes (NNA) priman por mandato constitucional sobre los demás y por ello era procedente acudir a la tutela.
 
El juez de segunda instancia le dio la razón a la Procuraduría y solicitó las pruebas necesarias para sustentar su decisión, que busca evitar que NNA “deban soportar las consecuencias de la inejecución del PAE, sea por incumplimientos contractuales o por motivos administrativos y/o de contratación “, asegura el fallo.
 

 

GER/mpg | Fecha Publicación: jueves, 9 junio 2022 03:54 PM

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