282 boletín
viernes, 3 mayo 2019 05:34 PM

Procuraduría sancionó con suspensión a exdirectora del Departamento Administrativo de Valorización Distrital de Cartagena

 
Foto ilustrativa tomada de El Universal

  • En el mismo fallo fue sancionado con destitución e inhabilidad de diez años Ramiro Díaz Posada, supervisor del contrato del canal pluvial 'Emilio Alcalá'.
Bogotá, 3 de mayo de 2019. La Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión por dos meses a la exdirectora del Departamento Administrativo de Valorización Distrital de Cartagena, Clara Calderón Muñoz (enero 2012 – julio 2013), por irregularidades en la construcción y ampliación de un sector del canal pluvial ‘Emilio Alcalá’. 
 
En fallo de primera instancia, la Procuraduría Provincial de Cartagena estableció que las  obras presentaron deficiencias en la planeación y diseño, lo que ha impedido la liquidación del contrato y la entrega de los trabajos por parte del contratista.  
 
De acuerdo con la investigación disciplinaria, las irregularidades fueron informadas a la entonces funcionaria, quien no obstante permitió la continuidad de los trabajos por parte del contratista sin adoptar los correctivos necesarios. 
 
Entre las irregularidades detectadas, el Ministerio Público determinó que en la contratación no se contemplaron aspectos fundamentales para permitir el funcionamiento óptimo del canal, como la reubicación de las redes sanitarias y la construcción y adecuación de los puntos para la instalación de las tapas de alcantarillado. 
 
Las obras objeto del contrato buscaban ampliar la capacidad hidráulica del canal para evitar represamientos e inundaciones en el tramo que pasa por los barrios La Plazuela y el Socorro.
 
Por los mismos hechos la Procuraduría sancionó con destitución e inhabilidad de diez años a Ramiro Díaz Posada, quien actuó como supervisor del contrato y no ejerció en debida forma la vigilancia sobre los diseños y ejecución de las obras.
 
El Ministerio Público calificó la conducta de los sancionados como una falta gravísima, cometida por la exfuncionaria a título de culpa grave, y por Díaz Posada a título de culpa gravísima.
 
El fallo puede ser apelado por los disciplinados.

MLN/ambj | Fecha Publicación: viernes, 3 mayo 2019 05:34 PM

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