Boletín 097

A instancias de la Procuraduría General de la Nación, en Bucaramanga se cumplió primera conciliación de Cajanal

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• El resultado hace parte del plan de conciliaciones que adelanta Cajanal EICE en liquidación para solucionar la conflictividad judicial en materia de pensiones.

• La conciliación fue aprobada por el Juzgado Trece del Circuito Administrativo de Bucaramanga.

Con el acompañamiento de la Procuraduría General de la Nación se cumplió en Bucaramanga (Santander) la primera conciliación del plan que adelanta Cajanal en Liquidación con el fin de poner fin a los procesos de demandas que cursan en la jurisdicción contenciosa administrativa.

Durante la audiencia de conciliación, tanto la parte convocante, el demandante y la parte convocada, Cajanal EICE en liquidación, manifestaron tener ánimo conciliatorio y plantearon sus argumentos frente a la reliquidación de la mesada pensional, ingreso base de liquidación y mesada 14, reconociendo también la aplicación del artículo 6 del Decreto 546 de 1971.

La demanda corresponde al reconocimiento de pensión de jubilación de un profesional de la Rama Judicial, cuyo último cargo desempeñado fue el de juez laboral de Circuito.

El Juzgado Trece del Circuito Administrativo de Bucaramanga aprobó la conciliación en cuanto a los acuerdos respecto de la reliquidación de la mesada pensional y el ingreso base de liquidación.

Como resultado de lo anterior, Cajanal EICE en liquidación debe expedir el acto administrativo en el que se dispone la reliquidación conforme los acuerdos de la conciliación, efectuar la inclusión en nómina y pagar el retroactivo debidamente indexado.

El Juzgado recordó que el acta de conciliación debidamente aprobada presta mérito ejecutivo de acuerdo con el artículo 13 del Decreto 1716 de 2009.

El plan de conciliaciones que adelanta Cajanal con el acompañamiento de la Procuraduría Delegada para la Conciliación tiene el propósito de sanear las obligaciones de esa entidad y responder a las personas que han adquirido el derecho de recibir su pensión de jubilación.

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