Boletín 076

Actual alcalde de Sabanalarga (Atlántico) comparecerá en audiencia disciplinaria ante la Procuraduría General de la Nación

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• El mandatario local es investigado por presunto desconocimiento de disposiciones legales respecto del recurso de reposición.

• Audiencia se llevarán a cabo el jueves 20 de febrero, a las 11:00 a.m., en las instalaciones de la Procuraduría Provincial de Barranquilla.



La Procuraduría General de la Nación, a través de la Provincial Barranquilla, citó a audiencia pública al actual alcalde del municipio de Sabanalarga (Atlántico), Roberto León Peña, para que responda por presuntamente haber admitido un recurso de reposición contra un acto de ejecución sobre el que no procedía este mecanismo.

Hechos investigados

En septiembre de 2011 el entonces Instituto Colombiano de Geología y Minería (Ingeominas) expidió una resolución que concedió el amparo administrativo solicitado por el titular de un contrato de concesión minera para la explotación de un yacimiento de materiales de construcción, ubicado en el municipio de Sabanalarga. Con el mismo acto administrativo se ordenó la suspensión de toda actividad de explotación en los terrenos cobijados por el contrato de concesión y se comisionó a la Alcaldía de Sabanalarga para adelantar la respectiva diligencia.

En febrero de 2012 el actual alcalde Roberto León Peña comisionó al inspector de Policía del municipio para adelantar la actuación ordenada por Ingeominas, que se llevó a cabo el 9 de febrero del mismo año. Durante la diligencia no hubo oposición por parte del señor Hernando Cavelier Lequerica, quien venía realizando labores de explotación ilegal en el predio.

Cinco días después, a través de un apoderado, el señor Cavelier Lequerica interpuso recurso de reposición en contra de la diligencia de suspensión, el cual fue resuelto favorablemente por el mandatario local, al parecer desconociendo disposiciones constitucionales y legales, dado que el Decreto 01 de 1984 (vigente para la época de los hechos) consagraba que no habría recurso contra los actos de carácter general, ni contra los de trámite, preparatorios, o de ejecución, excepto en los casos previstos en norma expresa.

Provisionalmente la conducta fue calificada como grave, cometida a título de culpa gravísima. El mandatario local fue citado a la audiencia pública que se realizará el jueves 20 de febrero a las 11:00 de la mañana en las instalaciones de la Procuraduría Provincial de Barranquilla, ubicadas en la carrera 44 # 38-11 piso 6 del Edificio Banco Popular de esa ciudad.
 

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