Boletín 647

Ante la Procuraduría deberá comparecer exalcalde de Campamento (Antioquia)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Al parecer, el entonces mandatario suscribió en detrimento del patrimonio público una presunta orden de trabajo, un vale de anticipo y varios certificados y registros presupuestales por un objeto contractual que nunca se cumplió.

• La audiencia se cumplirá en la sede de la Procuraduría Provincial de Yarumal el 2 de septiembre de 2014 a la 9:00 a.m.
 
 
Adelmo de Jesús Sánchez Serna, en su calidad de alcalde municipal de Campamento, Antioquia, para el período 2008-2011, deberá comparecer ante la Procuraduría General de la Nación por el presunto incumplimiento de sus deberes al intervenir en la actuación contractual con desconocimiento de los principios que regulan esta materia.
 
La actuación disciplinaria se adelantará mediante procedimiento verbal en diligencia que tendrá lugar el 2 de septiembre de 2014 en la Procuraduría Provincial de Yarumal, ubicada en la calle 18 nro.19-79, a partir de las 9:00 de la mañana.
 
El primero de los cargos formulados tiene relación con la suscripción de una orden de trabajo en el  2009 con el objeto de ejecutar 449 jornales de mano de obra no calificada con cuadrillas de trabajadores en el mantenimiento manual de cunetas, desagües y rocería en los caminos que conducen a las veredas Tierra Fría y La Quiebra en la zona rural del municipio de Campamento, al parecer, inobservando los principios que regulan la contratación estatal y la función administrativa contemplada en la Carta Política y en la Ley.
 
En segundo lugar se le endilga haber certificado la ejecución de los 449 jornales de mano de obra no calificada a entera satisfacción, hecho presuntamente contrario a la verdad, que de comprobarse podría hacerlo responsable del delito consagrado en el Código Penal como falsedad ideológica en documento público.
 
El tercer y último cargo señala que el señor Sánchez Serna podría estar incurso en un delito de peculado por apropiación por  haber elaborado y ordenado el pago de un vale de anticipo a su nombre como beneficiario y por haber expedido el Certificado de Disponibilidad Presupuestal para legalizarlo. Estos recursos por valor de $7.446.000 fueron girados mediante cheque del Banco Agrario perteneciente a una cuenta de la administración municipal de Campamento y cobrados por ventanilla sin que se conozca su paradero. 
 
El órgano de control calificó provisionalmente las faltas del exmandatario como gravísimas a título de dolo por cuanto se observa que su actuar fue conscientemente analizado, consentido y voluntario y, que al exfuncionario le asistía el deber de estimar las consecuencias que le acarrearía su comportamiento irregular.
 
Durante la diligencia disciplinaria el investigado o su defensor podrán presentar descargos y solicitar o aportar las pruebas que estimen pertinentes y conducentes para su defensa.
 

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