Boletín 274

Cargos contra ex gerentes del Instituto de Deportes y Recreación de Bolívar

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

En segunda instancia, Procuraduría exoneró de responsabilidad disciplinaria a dos exdirectores del Instituto de Recreación y Deportes de Bolívar

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra cuatro ex gerentes del Instituto Departamental de Deportes y Recreación de Bolívar (Inderbol), por presunta omisión en el giro de los aportes al fondo de pensiones y cesantías Porvenir S.A., por concepto de pensiones de los empleados del Instituto.

Los afectados con la decisión son Vicente Manuel Fortich Moreno, Jairo Yidios Merlano, Rodrigo José Torres Velásquez y Hernando José Múnera Cavadia quienes se desempeñaron como Gerentes del Instituto, durante los años 2001 a 2004.

De acuerdo con el Ministerio Público los servidores, al parecer, no cumplieron con la obligación legal de girar oportunamente al Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A. los aportes para pensión de los trabajadores de ese Instituto afiliados al fondo en mención.

Según la investigación, el señor Fortich Moreno habría omitido girar los aportes de cuatro funcionarios, correspondientes al mes de junio de 2002; los señores Yidios Merlano y Torres Velásquez, parece que no cancelaron no sólo el mes de junio de 2002 sino también los meses de julio y septiembre de 2003.

Al señor Múnera Cadavia por su parte, se le reprocha el supuesto no pago de los aportes correspondientes a los meses de junio de 2002, julio y septiembre de 2003, agosto de 2004 y mayo de 2005.

Señaló entonces la Procuraduría que los ex gerentes posiblemente no adelantaron ninguna gestión para girar los dineros correspondientes, lo que habría generado que se causaran altos intereses moratorios a la entidad, violando así mismo, lo establecido por la Ley 100 de 1993.

Agregó que los servidores tenían la responsabilidad de realizar la gestión para pagar las sumas que se adeudaban, más aún cuando éstas se encontraban dentro de los gastos presupuestados.

Las faltas fueron calificadas por la Procuraduría Regional del Atlántico provisionalmente como gravísimas a título de dolo, dado que los servidores conocían su obligación de cancelar oportunamente los aportes de pensión a sus subalternos, hecho que atiende a exigencias específicas, como garantizar el futuro de los servidores para que puedan contar con un soporte pensional.

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