Boletín 304

Cargos contra exalcalde de Concepción (Antioquia)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

 

  • Por presuntamente infringir las normas que rigen la contratación pública.

La Procuraduría General de la Nación profirió pliego de cargos contra Gustavo Alonso López Orrego, en su condición de alcalde de Concepción, Antioquia, durante el periodo 2012-2015.

De acuerdo con el auto de cargos el investigado habría suscrito en el 2012 dos convenios de asociación para prestar el servicio público de aseo para el municipio de Concepción, con fundaciones sin ánimo de lucro, eludiendo adelantar el trámite de convocatoria pública de proponentes y de selección objetiva del contratista, conforme lo dispuesto en las leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007.

Al parecer en estos dos procesos contractuales firmados con la Fundación Causa Social Educativa y la Fundación de Desarrollo Integral Social y Comunitario Nueva Vida, no se permitió que todas las personas que cumplieran con los requisitos exigidos para llevar a cabo su objeto participaran en igualdad de condiciones.

Consideró el ente disciplinario que el exfuncionario habría incumplido el artículo 5°. de la Ley 1150 de 2007 que señala “Es objetiva la selección en la cual la escogencia se haga al ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca, sin tener en consideración factores de afecto o de interés y, en general, cualquier clase de motivación subjetiva (…)”.

Para la Procuraduría Provincial de Rionegro, López Orrego habría participado en la actividad contractual, en detrimento del patrimonio público, o con desconocimiento de los principios que regulan la contratación estatal y la función administrativa contemplados en la Constitución y en la ley. (Artículo 48, numeral 31 de la Ley 734 de 2002).

Con su actuar el entonces mandatario podría haber desconocido los principios de transparencia y responsabilidad que regulan la contratación estatal, así como el principio constitucional de moralidad, previsto en el artículo 209 superior, incurriendo en una posible falta disciplinaria gravísima cometida con culpa gravísima.

El disciplinable podrá presentar su versión acerca de los hechos, así como solicitar o aportar las pruebas que estime pertinentes para su defensa.

 

. . . .

Noticias Relacionadas

 
×