Boletín 947

Con acompañamiento de la Procuraduría se logró reconocimiento del derecho de objeción de conciencia de joven que por sus convicciones religiosas no podía prestar el servicio militar

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• División de Reclutamiento del Ejército Nacional autorizó el desincorporar a un joven que por sus convicciones religiosas no puede jurar bandera, empuñar armas, ni ejercer cualquier actividad que vaya en contra de otras personas.

 
 
La Procuraduría General de la Nación, a través de la Provincial Tunja, realizó acompañamiento a la gestión de la familia de un joven que fue reclutado por el Ejército Nacional para prestar el servicio militar, y que invocó el derecho de objeción de conciencia pues por sus convicciones religiosas no podía realizar actividades propias de la milicia como jurar bandera y empuñar armas.
 
El Ministerio Público orientó a la madre del joven para proceder a la formulación de un derecho de petición ante la División de Reclutamiento del Ejército Nacional, en el que solicitó suspender cualquier formación militar sobre su hijo, incluyendo las órdenes de vestir uniforme camuflado, juramentos a la bandera y las demás actividades que fueran en contra de sus creencias y convicciones religiosas, éticas y morales. Solicitó asimismo su desincorporación de las Fuerzas Militares y el inicio del trámite para la expedición de la libreta militar.
 
En el derecho de petición se hizo referencia a las sentencias de la Corte Constitucional en las que se reconoció la existencia del derecho a objetar, por razones de conciencia, el deber de prestar servicio militar obligatorio teniendo en cuenta, de una parte, que su protección se encuentra avalada en la libertad de conciencia y la libertad de religión y de cultos, y de otra, que su ejercicio no requiere un desarrollo legislativo específico.
 
La División de Reclutamiento del Ejército Nacional atendió la petición y autorizó la desincorporación del joven.
 

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