Boletín 413

Concepto de la Procuraduría señala que extensión de la convención colectiva de un sindicato mayoritario a todos los trabajadores de la empresa es constitucional

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Corte Constitucional estudia demanda contra un aparte del Decreto 2351 de 1965, que modificó el Código Sustantivo del Trabajo.

 

La Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Corte Constitucional declarar exequible la norma según la cual, cuando se suscriba una convención colectiva con un sindicato cuyos afiliados excedan de la tercera parte del total de los trabajadores de la empresa, las normas de la convención se extienden a todos, sean o no sindicalizados.

El alto tribunal estudia una demanda de constitucionalidad contra el artículo 38 del Decreto 2351 de 1965, que modifica el artículo 471 del Código Sustantivo del Trabajo. En concepto del Ministerio Público, esta norma no vulnera el derecho a la igualdad de los trabajadores que conforman un sindicato minoritario, o de los que no están sindicalizados. Por el contrario considera que esta se constituye en un desarrollo del mandato constitucional de otorgar, por medio de la ley, igualdad de oportunidades a todos los trabajadores.

La Procuraduría señala, asimismo, que la extensión a terceros de los beneficios de tales acuerdos no configura un trato discriminatorio con los sindicatos minoritarios, dado que el estatuto laboral establece claramente que las convenciones colectivas entre empleadores y sindicatos cuyo número de afiliados no exceda de la tercera parte del total de los trabajadores de la empresa, son aplicables a los miembros del sindicato que las haya celebrado.

Concluye el Ministerio Público que la norma analizada no supone una prohibición de celebrar otras convenciones colectivas entre el empleador y los sindicatos minoritarios, o de celebrar pactos colectivos entre el empleador y los trabajadores no sindicalizados. 

 

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