Boletín 994

Corte Suprema de Justicia acogió concepto de la Procuraduría General de la Nación en acción de nulidad electoral de magistrados en San Andrés

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• En concepto del Ministerio público no se cumplió el requisito de que los elegidos hablaran el inglés usado por los habitantes del archipiélago.


 
La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia acogió el concepto presentado por la Procuraduría General de la Nación en el que solicitó al Alto Tribunal declarar la nulidad de la elección y confirmación de magistrados del Tribunal Contencioso Administrativo de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

La Corte Suprema de Justicia declaró la nulidad de los numerales quinto y sexto del Acuerdo 00118 del 22 de septiembre de 2009, a través de los cuales el Consejo de Estado eligió a Beatriz Ariza de Zapata y Jorge Eduardo Ramírez como magistrados del referido tribunal.

En su oportunidad, la Procuraduría General de la Nación indicó que de acuerdo con la Ley 47 de 1993 no se acreditó que los elegidos hablaran el inglés comúnmente utilizado por las comunidades nativas del archipiélago.

Dicha norma determina que son idiomas oficiales en el departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, el castellano y el inglés comúnmente hablado por las comunidades nativa, también llamado creolle, vendee, spanglisch.

El Ministerio Público explicó que la referida legislación estableció con meridiana claridad que en las disposiciones legales que regulen la carrera administrativa o la función pública, se entenderá incluido este requisito, por lo que no era necesario  que la convocatoria indicara que se debía acreditar el mismo, en la medida que la Ley fijó el requisito de acreditar el inglés nativo de los habitantes del archipiélago.

. . . .

Noticias Relacionadas

 
×