Boletín 1272

Durante presentación de informe sobre el Programa de Adopción, Procuraduría recordó que esta es una medida de protección para niños, niñas y adolescentes y no un derecho de los padres o de terceros

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

La Procuraduría General de la Nación reveló este lunes el Informe de Vigilancia Superior sobre el Programa de Adopción, elaborado con base en las visitas practicadas tanto al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) sede nacional y Regional Bogotá, como a las cinco instituciones autorizadas para desarrollar el Programa de Adopción (IAPAS) con sede en la capital del país.

Entre los aspectos que destacó la procuradora delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia, Ilva Myriam Hoyos Castañeda, está la necesidad de que el ICBF, como autoridad central en la materia y vigilante del Programa de Adopción, cumpla dentro de los términos establecidos en la normatividad con el deber legal de supervisión a las IAPAS a través de visitas de inspección en las que se verifique la observancia de las normas legales, técnicas y administrativas para el desarrollo del programa. La alta funcionaria también señaló que el equipo que haga la inspección debe estar conformado únicamente por funcionarios de la sede nacional designados por el director general.

La omisión en la función de supervisión arroja un balance desfavorable en relación con algunas de las IAPAS. Por ejemplo en la Asociación de Amigos del Niño “Ayúdame” se conoció que no reportaba vinculación de profesional en pedagogía y que las condiciones locativas no eran adecuadas por falta de mantenimiento y los reducidos espacios. Al respecto, la procuradora delegada señaló: “no puede pasarse por alto que una óptima y oportuna supervisión permitirá conocer a tiempo las dificultades, las falencias que se hayan presentado y desde luego presentar propuestas que permitan superarlas, replicar buenas prácticas y esperar mejores resultados en el Programa de Adopción”. 

Otro punto referido en la entrega del informe es que el ICBF no asume directamente lo atinente al seguimiento posadopción de las familias residentes en Colombia: en el Lineamiento Técnico para Adopciones en Colombia se indica que tal actividad se delega a psicólogos particulares, contratados por los padres adoptantes; para el Ministerio Público esta situación desdibuja la especial atribución de control del ICBF, por cuanto es el único a quien debe corresponderle tal tarea.  

Importancia del Programa de Adopción

Al recordar que la adopción es un servicio público de bienestar familiar y que es una medida de protección para el niño, niña o adolescente (y no un derecho de los padres o de terceros), la procuradora delegada reiteró que el proceso de adopciones debe ser tratado con suma responsabilidad por parte de los defensores de Familia, quienes deben ser en extremo cuidadosos cuando esta medida de protección se torne obligatoria y no exista otra alternativa para mantener a los menores de edad junto a su familia. Señaló que igual precisión deberán tener en cuenta los jueces de familia, a quienes les corresponde definir la situación jurídica cuando el defensor de Familia deja vencer los términos y por ende pierde competencia para continuar conociendo del proceso administrativo.  

“El proceso administrativo de restablecimiento de derechos, a cargo de los defensores de Familia, por mandato del Código de la Infancia y Adolescencia, debe adelantarse con todas las garantías indicadas en éste, evitando omisiones o imprecisiones que puedan ser graves en la vida de quienes tienen sus derechos amenazados o vulnerados”, señaló la procuradora delegada, a la vez que indicó que la declaratoria de adaptabilidad exige inexorablemente que los servidores responsables dominen las normas sustantivas y adjetivas que regulan la decisión que en cada caso corresponda; en el citado informe se consignó al respecto la necesidad de que se brinde capacitación para profundizar en el contenido integral de la Ley 1098 de 2006.

Las cinco instituciones autorizadas para desarrollar el Programa de Adopción con sede en Bogotá visitadas por la Procuraduría General de la Nación fueron la Fundación para la Asistencia de la Niñez Abandonada (FANA), el Centro para el Reintegro y Atención del Niño (CRAN), la Fundación Los Pisingos, la Fundación Casa de la Madre y el Niño y la Asociación de Amigos del Niño “Ayúdame”.

La Procuraduría Delegada dará traslado a la instancia disciplinaria para que se evalúen las presuntas irregularidades de carácter administrativo respecto del citado Programa.

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