Boletín 244

En decisión de primera instancia, Procuraduría General de la Nación destituyó a exalcalde y exsecretaria general de Soledad (Atlántico)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

Por irregularidades en un proceso contractual adelantado en el año 2012, la Procuraduría General de la Nación, mediante fallo de primera instancia, destituyó e inhabilitó por 10 años al señor Franco Asís Castellanos Niebles, exalcalde municipal de Soledad (Atlántico), y a la señora Indira González Estrada, en su calidad de secretaria general de esa entidad y miembro del Comité Evaluador del cuestionado proceso contractual. 

Las irregularidades están asociadas con la etapa precontractual del proceso de selección abreviada del contratista para el suministro, mantenimiento preventivo y correctivo e instalación a los sistemas de aires de las distintas sedes de las instituciones educativas del municipio de Soledad (Atlántico).  

De acuerdo con la investigación, el exmandatario no garantizó la publicación de la adenda que modificaba los aspectos financieros del pliego de condiciones definitivo, afectando los principios de publicidad y transparencia de la contratación estatal. 

Señala la investigación que “el proponente que fue seleccionado, en principio, no cumplía con los aspectos de liquidez y nivel de endeudamiento establecidos en el pliego de condiciones. Sin embargo, con las modificaciones consagradas en la adenda, sí los cumpliría”. 

Adicionalmente, se cuestionó al señor Castellanos Niebles porque adjudicó el proceso contractual a un proponente que no cumplía con los requisitos exigidos, desconociendo lo estipulado en el pliego de condiciones definitivo publicado el 23 de julio de 2012 en el Secop, que debía regir a los oferentes.

Así mismo, la Procuraduría sancionó a la entonces secretaria general de la Alcaldía, Indira González, quien evaluó las propuestas y recomendó adjudicar a la firma que finalmente resultó ganadora, pese a que, al parecer, esta no cumplía con los requisitos habilitantes señalados en el pliego de condiciones.  

Contra esta determinación disciplinaria de primera instancia procede el recurso de apelación. 

. . . .

Noticias Relacionadas

 
×