Boletín 765

En decisión de primera instancia, Procuraduría suspendió por tres meses a exdirector general de la Corporación Autónoma Regional del Cesar (Corpocesar)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Al parecer, el investigado utilizó recursos de destinación específica para pagar un contrato de prestación de servicios suscrito con una ingeniera ambiental y sanitaria, con el objeto de apoyar las actividades adelantadas por la Coordinación de Seguimiento Ambiental de Corpocesar.

 
 
Por utilización indebida de los recursos provenientes de regalías y compensaciones del carbón en el 2009, la Procuraduría General de la Nación, en fallo de primera instancia suspendió por el término de tres meses al señor Virgilio Segundo Calderón Peña, en su condición de director general de la Corporación Autónoma Regional del Cesar (Corpocesar), para la época de los hechos. 
 
El entonces funcionario habría autorizado la utilización de recursos de destinación específica para pagar un contrato de prestación de servicios suscrito con una ingeniera ambiental y sanitaria, con el objeto de apoyar las actividades adelantadas por la Coordinación de Seguimiento Ambiental y adelantar la revisión y evaluación de los expedientes a cargo de esta dependencia. 
 
De conformidad con lo previsto en el artículo 20 del Decreto 416 de 2007, los recursos de compensación por explotación de carbón “deberán destinarse forzosamente a inversión en proyectos relacionados con la naturaleza de su objeto y funciones”.
 
Según las pruebas documentales aportadas por la Dirección de Regalías, el contrato no fue suscrito en el marco de un programa de inversión que tuviera el propósito de mitigar los efectos ambientales sino para apoyar el desarrollo de funciones permanentes, inversión ésta que es considerada como gasto de funcionamiento por ser una erogación recurrente que debe realizar la administración.
 
En este orden de ideas, las labores ejecutadas por la contratista fueron las rutinarias que debe cumplir Corpocesar en desarrollo de su objeto social, con cargo a sus recursos propios, y por tanto debieron ser asumidas con personal adscrito esta corporación y con cargo a recursos propios, y no como se hizo, con cargo a recursos de compensación del carbón.
 
A juicio de la Procuraduría Delegada para la Economía y Hacienda Pública, al señor Calderón Peña, le correspondía velar por el cumplimiento de sus funciones y acatar las disposiciones de carácter constitucional, legal y reglamentario, y por tanto, estaba obligado a direccionar los recursos de regalías para financiar proyectos y programas relacionados con la preservación del medio ambiente con impacto regional.
La falta del entonces director de Corpocesar fue calificada como grave cometida con culpa grave.
 
Recientemente la Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el señor Virgilio Segundo Calderón Peña por presunta utilización indebida de rentas de destinación específica por valor de $218.690.000, provenientes de la compensación del carbón.
 
El disciplinado interpuso recurso de apelación contra esta decisión de primera instancia ante la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación. 

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