Boletín 924

En decisión de segunda instancia, Procuraduría absolvió a exgobernador del Tolima

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• El exmandatario departamental fue absuelto por cuanto no logró demostrarse el reproche disciplinario de que fue objeto la exsecretaria de Hacienda, en virtud de la delegación que le confirió.

 
La Procuraduría General de la Nación, en decisión de segunda instancia, absolvió de toda responsabilidad disciplinaria al señor Óscar Barreto Quiroga, en su condición de gobernador del departamento del Tolima, quien era investigado por la presunta omisión del control jerárquico de la función, que en materia contractual delegó en la entonces secretaria de Hacienda del Tolima y en otros funcionarios de la administración departamental. 
 
En el fallo de primera instancia, la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal cuestionó al exfuncionario la falta de vigilancia y control de una licitación pública para seleccionar al contratista que adelantaría las obras de rehabilitación, recuperación y mejoramiento de la vía Villahermosa-Líbano (Tolima). 
 
Tras resolver el recurso de apelación interpuesto por el defensor del disciplinado, la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación estableció que la responsabilidad derivada de la figura de la delegación en materia de contratación estatal, no puede reprocharse al señor Barreto Quiroga por cuanto la actuación supuestamente irregular de la secretaria de Hacienda, no cobró sustento.
 
El ente de control indicó en el fallo se segunda instancia que en la actuación adelantada contra la delegataria del exgobernador no se demostró el desconocimiento del principio de transparencia por incluir mediante una adenda modificatoria “la regla subjetiva de calificación superior al proponente que acreditara la propiedad de la mina o fuente de material en porcentaje no menor del 50% o que acreditara contrato de suministro suscrito con el propietario y estableciendo puntaje de acuerdo a la distancia de estas fuentes en relación con la cabecera municipal de Villahermosa (Tolima)”.
 
En consecuencia, el órgano de control no evidenció la existencia de actuación irregular por parte del exmandatario departamental que pudiera imputársele en su condición de delegante, respecto de la delegación que le hiciera a la secretaria de Hacienda para la época de los hechos, a título de delegataria.
 

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