Boletín 850

En fallo de primera instancia, Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 10 años a actual alcalde de Palermo (Huila)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

Por peculado por apropiación en razón y ocasión de su cargo, la Procuraduría General de la Nación, en fallo de primera instancia, destituyó e inhabilitó por el término de 10 años al señor Orlando Polo Pimentel, actual alcalde municipal de Palermo (Huila).

Para el Ministerio Público ha quedado demostrado que el mandatario municipal electo para el periodo 2012 - 2015 fue comisionado mediante la resolución 100-50-500 del 04 de octubre de 2012 para realizar funciones propias de su cargo en la ciudad de Bogotá D.C. del 8 al 12 de ese mes y para lo cual se le canceló la suma de 779 mil 968 pesos, pero durante esas mismas fechas viajó junto con su familia a un hotel resort de la ciudad de Cartagena de Indias (Bolívar), constituyéndose de esta forma una apropiación del dinero sin tener derecho a ello, teniendo en cuenta que no cumplió la comisión impartida.

De esta manera, deja claro el ente disciplinador que el burgomaestre actuó contrario en derecho, sobre todo cuando se trata de un servidor público que por su grado de jerarquía dentro de la entidad territorial bajo su mando está llamado a dar ejemplo de moralidad y cumplimiento a la Constitución y la Ley, normas que voluntaria y conscientemente transgredió.

Dicha conducta se encuentra objetivamente en la descripción típica consagrada en el artículo 397 del Código Penal, prevista como peculado por apropiación, la cual se hizo con ocasión de su cargo de alcalde municipal.

La falta fue calificada como gravísima por estar contemplada taxativamente con ese carácter en el Código Disciplinario Único, atribuido en grado de culpabilidad dolosa, ya que medió la voluntad y la conciencia de la antijuridicidad de la conducta en su comportamiento.

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