Boletín 682

En fallo de primera instancia, Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 10 años a exsecretario general de la Corporación Autónoma Regional de Santander

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

•Por irregularidades en la contratación que tienen que ver con la omisión de la elaboración de los estudios previos. 
 
La Procuraduría General de la Nación, en decisión de primera instancia, destituyó e inhabilitó por diez años para el desempeño de cargos y funciones públicas al señor Oscar René Durán Acevedo en su condición de secretario general de la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS) para la época de los hechos, por irregularidades en la celebración de un contrato de obra. 
 
En la misma decisión, el ente de control encontró responsable disciplinariamente al señor Héctor Murillo, exdirector de la Corporación y lo sancionó con seis meses de inhabilidad especial.
 
La imposición de esta sanción a los exfuncionarios tiene que ver con una planeación deficiente en la ejecución del contrato No. 004-00726-2011 celebrado entre la Corporación y la firma General Ingeniería de Santander (Geingsa) para la rehabilitación de 9 kilómetros de un jarillón, con el fin de mitigar riesgos de las veredas Barranco Colorado, Cerrito, Magará, Caño, Peruetano, Aguas Negras y Las Lajas, pertenecientes al municipio de Sabana de Torres (Santander).
 
Al exsecretario de la Corporación se le reprocha la omisión en la elaboración de los estudios previos, lo que indica que el contrato fue celebrado con una planificación técnica deficiente. Ante lo anterior, el ente de control calificó la falta disciplinaria como gravísima a título de culpa gravísima.
 
En el caso del señor Murillo, la Procuraduría aseguró que no obró con la eficacia que le era exigible como director del CAS porque desconoció los principios que rigen la función administrativa, al aprobar las modificaciones de las cantidades de dicho contrato, situación que llevó a que se construyera 3,5 kilómetros de jarillón y no 9 kilómetros como estaba planeado. 
 
La Procuraduría Delegada para la Función Pública calificó la falta del señor Héctor Murillo como grave a título de culpa grave. 
 
Contra la presente decisión procede el recurso de apelación que deberá interponerse dentro de los términos previstos en la ley.
 

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