Boletín 706

En fallo de primera instancia, Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 13 años al diputado de Antioquia Rodrigo Mesa Cadavid

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Los tres cargos endilgados al diputado antioqueño fueron probados por el  Ministerio Público.

En audiencia pública, la Procuraduría General de la Nación sancionó, en fallo de primera instancia, con destitución e inhabilidad general para desempeñar cargos públicos por el término de 13 años al diputado de la Asamblea Departamental de Antioquia Rodrigo Mesa Cadavid.
 
Respecto al primer cargo endilgado al diputado, relacionado con las manifestaciones realizadas en la sesión de la Asamblea Departamental de Antioquia, el Ministerio Público no cuestiona el debate dado al Plan de Desarrollo, lo que reprocha es la forma en que realizó dicha controversia, los términos o expresiones verbales utilizados por parte del funcionario público.
 
Señala la Procuraduría que los diputados de las asambleas departamentales conforman la democracia representativa como una forma de actuar de la Nación por intermedio de sus representantes y, por tanto, deben actuar con fundamento en principios que garantizan tal ejercicio.
 
En cuanto al segundo cargo, que tiene que ver con la consignación de información falsa en el “Formato Único de Hoja de Vida”, el ente de control estableció que existen discrepancias entre la información consignada en el mencionado formato y la realidad, pues está claro que el disciplinado cursó hasta cuarto de bachillerato, según la certificación de la Unidad Educativa San Marcos.
 
Teniendo en cuenta lo anterior, no obstante que dicho formulario fue diligenciado por una contratista de la Unidad de Apoyo, el diputado Rodrigo Mesa, al firmarlo, reconoció y certificó que la información allí contenida era veraz.
 
Así mismo, se evidenció falsedad en su hoja de vida en el registro de la información relacionada con la formación básica secundaria y profesional. En este sentido, la Procuraduría cuestiona al señor Mesa la falta al deber de revisar cuidadosamente la información que firma y autentica, máxime sus datos personales.
 
Y respecto al tercer cargo relacionado con la obstaculización a las investigaciones, el Organismo de Control estableció que el formato de hoja de vida del disciplinado fue alterado en su primer folio en un lapso de un mes, afectando el normal desarrollo de la investigación.
 
Considera el Ministerio Público que el disciplinado infringió con su actuar la Ley 734 de 2002 y traicionó la confianza que le depositaron el Estado y la comunidad para cumplir la delicada misión de representar a la sociedad.
 
Las faltas endilgadas al diputado de Antioquia calificadas como graves y gravísimas cometidas a título de dolo y de culpa gravísima.
 
La defensa del disciplinado apeló esta decisión de primera instancia y el presidente de la audiencia estableció como fecha límite para presentar la sustentación del recurso de apelación el lunes 16 de julio hasta las 5:00 p.m.

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