Boletín 1038

En fallo de primera instancia, Procuraduría General de la Nación suspendió a exalcalde de Ubaté (Cundinamarca)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• El exalcalde omitió el deber de presentar informes de gestión al Concejo Municipal.


En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión en el ejercicio del cargo por el término de dos meses al señor Richard Mauricio Pachón Pajarito, en su condición de alcalde del municipio de Ubaté (Cundinamarca) para la época de los hechos, por omisión de funciones.

De acuerdo con las pruebas, el entonces alcalde no presentó los informes generales de su administración al Concejo Municipal en la primera sesión de cada año tal y como lo establece la Ley.

El Ministerio Público recordó que la presentación del informe de gestión al Concejo Municipal en el primera sesión ordinaria de cada año se encuentra enmarcada dentro de las funciones públicas que han sido previstas por la Constitución Política y la Ley, motivo por el cual el señor Pachón Pajarito no podía marginarse de su cumplimiento.

La Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa encontró acreditado que el investigado incurrió en una omisión al no haber presentado los informes generales ante el Concejo Municipal durante las vigencias 2010 y 2011.

Señaló que si bien se presentaron graves alteraciones de orden público en la corporación municipal por diferencias con algunos concejales que pudieron obstaculizar la permanencia del entonces alcalde en el lugar para realizar sus intervenciones, no le impedían acudir a otros medios para dar cumplimiento al ejercicio del deber funcional encomendado toda vez que pudo haber radicado los mismos en forma escrita con lo cual garantizaba tanto el acatamiento de lo ordenado como asegurar su integridad personal y física.

La falta fue calificada como grave cometida a título de culpa gravísima y la misma fue convertida en el equivalente a los salarios percibidos para el momento de los hechos.

Contra la decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación.

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