Boletín 1030

En fallo de segunda instancia, Procuraduría General de la Nación sancionó por 10 años a extesorera de la Empresa de Servicios Públicos de Belén (Boyacá)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Encontró el ente de control que la disciplinada se apropió ilícitamente de dineros del recaudo de los servicios de agua, alcantarillado y aseo por más de 22 millones de pesos. 

 

La Procuraduría General de la Nación, mediante fallo de segunda instancia, sancionó con destitución e inhabilidad general en el ejercicio del cargo por el término de 10 años a la señora Leidy Yurani Becerra Castro, en su condición de tesorera de la Empresa Solidaria de Servicios Públicos del municipio de Belén (Servibelén) para la época de los hechos, por el manejo irregular de los recursos provenientes del recaudo de los servicios de servicios públicos. 

Una vez analizados de manera integral cada uno de los elementos que hicieron parte del proceso, la Procuraduría encontró que la señora Becerra Castro, siendo tesorera de Servibelén en el periodo comprendido entre el mes de enero de 2011 y noviembre del mismo año, se apropió de un dinero proveniente del recaudo de las tarifas o tasas por la prestación de servicios públicos, hecho con el que al parecer incurrió en la conducta punible de peculado por apropiación. 

La Procuraduría Regional de Boyacá calificó la falta cometida por la señora Becerra Castro como gravísima a título de dolo. 

La decisión también cobija a la señora Aida Milena Márquez Porras, en su calidad de gerente de Servibelén, a quien el ente de control destituyó e inhabilitó por el término de seis meses al comprobar que omitió vigilar y verificar el recaudo del pago de tasas por la prestación de dichos servicios, incumpliendo los estatutos y el manual de funciones. Lo anterior trajo como consecuencia un faltante de $22.504.446 en detrimento de la empresa de servicios públicos.

Precisó el organismo de control que la señora Becerra Castro, aprovechándose de la confianza de la supervisora, actuó a espaldas de la señora Márquez Porras, por cuanto aclaró que la exdirectora de Servibelén no tuvo protagonismo en el ilícito, aunque concluyó que sí existieron actos omisivos relacionados con la vigilancia y control que debía tener al recaudo de los servicios públicos. En este sentido,  calificó la falta como grave a título de culpa gravísima.

Esta decisión de segunda instancia de la Procuraduría Regional de Boyacá confirma el fallo de primera instancia proferido el 26 de julio de 2016 por la Provincial de Santa Rosa de Viterbo y contra la misma no procede recurso alguno.

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