Boletín 153

En fallo de segunda instancia, Procuraduría confirma suspensión e inhabilidad por 12 meses al ex presidente del Concejo Municipal de Génova, Quindío

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

Mediante fallo de segunda instancia, la Procuraduría General de la Nación confirmó en todas sus partes el fallo sancionatorio contra el señor Lisímaco Salcedo Marín, en su condición de presidente del Concejo Municipal de Génova, Quindío, para la época de los hechos, con suspensión e inhabilidad por 12 meses por encontrarlo responsable disciplinariamente de no haber dado cumplimiento a una decisión judicial.

Al concejal sancionado se le reprocha por irregularidad en el ejercicio de sus funciones por no haber declarado la vacante del cargo de un concejal condenado penalmente en octubre de 2009.

La orden desacatada por Salcedo Marín, por el cual se le imputó el cargo disciplinario, consistió en haber permitido que continuara actuando como edil el señor José Arnobio Ramírez, quien había sido condenado por el Juzgado Único Penal del Circuito de Calarcá, Quindío, a la pena principal de 32 meses de prisión e inhabilidad permanente para ejercer el cargo de concejal.

El fallo emitido por la Procuraduría Regional del Quindío, que resuelve el recurso de apelación instaurado por el disciplinado, confirma que la situación quedó enmarcada dentro del contenido de la norma Constitucional, en la adición del artículo 261 del año 93, que dice que "Las faltas absolutas o temporales serán suplidas por los candidatos que según el orden de inscripción en forma sucesiva y descendente, correspondan a la misma lista electoral".

El fallo de primera instancia fue proferido el 09 de noviembre de 2011 por la Procuraduría Provincial de Armenia.

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