Boletín 1019

En fallo de segunda instancia, Procuraduría sancionó con destitución e inhabilidad por 10 años a exconcejal de San Martín (Meta)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• La falta fue calificada por la Procuraduría Provincial de Villavicencio como gravísima a título de dolo.

Por posesionarse en su cargo estando inhabilitado para hacerlo, la Procuraduría General de la Nación, en fallo de segunda instancia,  sancionó por el término de 10 años al señor Álvaro Rey Rondón, en su condición de concejal del municipio de San Martín (Meta) para la vigencia 2012-2015.

De acuerdo con la investigación adelantada por el órgano de control, el disciplinado fue elegido concejal el día 30 de octubre de 2011, tomó posesión el 2 de enero de 2012 y ostentó dicha dignidad hasta el 31 de diciembre de 2015, pese a que en su contra recaía sentencia debidamente ejecutoriada por inasistencia alimentaria.  

La Procuraduría Provincial de Villavicencio, encargada de llevar el proceso verbal en contra del señor Rey Rondón, calificó la falta como gravísima a título de dolo y aseguró que el implicado tenía conocimiento de la condena penal que el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de San Martín (Meta) le impuso.  

El ente de control recordó que “las inhabilidades han sido definidas como aquellas circunstancias creadas por la Constitución o la Ley que impiden o imposibilitan que una persona sea elegida o designada en un cargo público (…) y tienen como objeto primordial lograr la moralización, idoneidad e imparcialidad de quienes van a ingresar o están desempeñando cargos públicos”.  

Contra esta decisión no procede ningún recurso.

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