Boletín 094

En firme fallo de primera instancia mediante el cual la Procuraduría suspendió e inhabilitó por el término de seis meses a exconcejal del municipio de Pinchote (Santander)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• El cabildante causó un perjuicio irremediable a las comunidades que lo eligieron, pues tenía la responsabilidad de cumplir fielmente el mandato constitucional que asumió desde el momento mismo de su posesión como concejal.
 


La Procuraduría General de la Nación suspendió e inhabilitó por el término de seis meses a José Roberto Urrea Remolina, en su condición de concejal del municipio de Pinchote (Santander) para la época de los hechos.

La investigación adelantada por la Procuraduría Provincial de San Gil evidenció que el disciplinado se inscribió como candidato, fue elegido, tomo posesión y ejerció el cargo de concejal de Pinchote pese a encontrarse inhabilitado para ello, por cuanto dentro de los 12 meses anteriores a su elección su esposa fungió como representante legal de la junta administradora del acueducto del citado municipio, empresa que presta los servicios públicos domiciliarios en ese ente territorial.

El Ministerio Público cuestionó al exfuncionario el haber atentado, sin justificación alguna, contra el buen funcionamiento del Estado al violar los deberes que como servidor público asumió al tomar posesión del cargo y jurar no estar incurso en inhabilidades e incompatibilidades.

La falta del exconcejal fue calificada por el órgano de control como gravísima cometida a título de culpa grave, al señalar que el señor Urrea Remolina no se preocupó por conocer la normatividad que regulaba el ejercicio de la función a desempeñar para no incurrir en vulneración de la Constitución y la Ley.

La decisión de primera instancia proferida por la Procuraduría Provincial de San Gil quedó en firme por cuanto los sujetos procesales no apelaron el fallo.
 

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