Boletín 341

En firme sanción impuesta por la Procuraduría a actual directora técnica del Fondo de Vivienda Interés Social del municipio de Amagá (Antioquia)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• La disciplinada omitió dar respuesta a un requerimiento de la Personería de dicha municipalidad radicado en el mes de noviembre de 2013.

 
La decisión de primera instancia proferida por la Procuraduría General de la Nación mediante la cual suspendió por un mes a la señora Erika Natalia Montoya Velásquez, directora técnica del Fondo de Vivienda de Interés Social del municipio de Amagá (Antioquia), quedó en firme tras ser comunicada en estrados por cuanto la implicada no interpuso recurso de apelación.
 
La disciplinada omitió suministrar debida y oportuna respuesta a la petición elevada por la Personería de dicha municipalidad radicada en el mes de noviembre de 2013, en la cual se solicitaba rendir informe dentro de los cinco días siguientes de cada mes sobre la contratación realizada por dicha institución.
 
De acuerdo con la Procuraduría Provincial de Amagá, la señora Montoya Velásquez incumplió lo exigido por la ley y actuó contrario a derecho, pues su responsabilidad como funcionaria pública era hacer lo posible por que sus actuaciones se ajustaran a lo que espera la sociedad y las autoridades administrativas.  
 
En este sentido el órgano de control citó una sentencia de la Corte Constitucional en la cual se pronunció respecto al fundamento de la imputación disciplinaria “(…) La necesidad de realizar los fines estatales le impone un sentido al ejercicio de la función pública por las autoridades. Éstas deben cumplir la Constitución y la ley, ponerse al servicio de los intereses generales, desarrollar los principios de la función administrativa y desempeñar para ello los deberes que le incumben (…)”
 
La conducta reprochada a la directora técnica fue calificada por el ente disciplinario como falta grave a título de culpa, por considerar que debió demostrar un comportamiento recto y ejemplar en el desempeño del cargo para el cual fue nombrada.
 
Finalmente, precisó la Procuraduría que la sanción impuesta a la actual funcionaria podrá convertirse en multa equivalente a los salarios percibidos en el  momento de la comisión de la falta, en el evento de encontrarse separada del cargo, conforme lo dispone el artículo 46 de la Ley 734 de 2002.

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