Boletín 680

En firme suspensión contra exalcalde de Puracé (Cauca) por extralimitación de sus funciones

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Mediante decreto, el disciplinado desvinculó a un funcionario que ocupaba un cargo en provisionalidad sin ningún tipo de motivación, vulnerando con ello los derechos fundamentales del afectado.

 

La Procuraduría General de la Nación confirmó la suspensión en el ejercicio del cargo por el término de dos meses impuesta al señor Miguel Yace, en su condición de alcalde municipal de Puracé (Cauca) para el periodo 2008-2011, por extralimitación en el ejercicio de sus funciones.

De acuerdo con el fallo disciplinario proferido en segunda instancia por la Procuraduría Regional del Cauca, el entonces mandatario expidió en el 2009 un acto administrativo a través del cual declaró arbitrariamente la insubsistencia de un funcionario provisional sin ningún tipo de motivación. 

A juicio del Ministerio Público, el señor Yace cometió un acto arbitrario e injusto, y al mismo tiempo afectó principios de la administración pública como: el debido proceso, moralidad y, responsabilidad. Así mismo, consideró que el disciplinado incurrió en vulneración los derechos fundamentales del debido proceso y al trabajo del funcionario vinculado en provisionalidad. 

Por considerar que con su conducta el señor Yace violó intereses jurídicamente protegidos por la ley e impidió al afectado ejercer su derecho a la defensa y contradicción, el órgano de control calificó su falta como grave cometida con culpa grave.

La sanción fue convertida en salarios mínimos de acuerdo con el monto de lo devengado al momento de cometerse la falta, suma que asciende a $5.211.720, en razón a que el disciplinado no ejerce función pública.

Otras sanciones impuestas por la Procuraduría 

Es de precisar que en el 2014 la Procuraduría General de la Nación suspendió durante dos meses, convertidos en salarios, al señor Miguel Yace, exalcalde municipal de Puracé (Cauca), por firmar en el 2009 una orden de prestación de servicios con una fundación que no había sido registrada ante la Cámara de Comercio del Cauca.

Así mismo, el órgano de control evidenció que el disciplinado omitió conformar y garantizar el funcionamiento del Concejo Municipal de Planeación durante el periodo que ejerció como alcalde de Puracé, y por tanto, lo sancionó en la misma anualidad con suspensión en el ejercicio de sus funciones por el término de dos meses convertidos en salarios por cuanto no se encontraba desempeñando funciones públicas.

 

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