Boletín 630

En informe de seguimiento a Ley de Víctimas y Restitución de Tierras se señalan retos en materia procesal y de seguridad para el retorno a los predios despojados

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• En varias regiones los reclamantes siguen denunciando amenazas en su contra y en algunos casos quienes han recibido la titularidad de los predios no han podido regresar a ocuparlos.

• Se ha evidenciado que en muchas ocasiones los opositores son víctimas del conflicto armado o campesinos vulnerables que adquirieron los predios de buena fe.
 
 
 
Los riesgos de seguridad que enfrentan los reclamantes de tierra y las debilidades que se deben superar en los procesos judiciales de restitución, entre otros aspectos, fueron advertidos por la Comisión de Seguimiento y Monitoreo a la Ley 1448 de 2011, presidida por el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, en el informe radicado este martes 19 de agosto ante el Congreso de la República.
 
La referida comisión, de la que además hacen parte la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República y tres representantes de la Mesa Nacional de Participación de Víctimas, señala en el informe de seguimiento a la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras que aunque se evidencia una mejora notable en la coordinación entre la Fuerza Pública y la Unidad de Tierras (en comparación con los dos años anteriores), es necesario analizar la conveniencia de microfocalizar zonas donde las condiciones de seguridad pueden generar un riesgo de revictimización de los reclamantes.
 
Cabe al respecto precisar que la microfocalización es el mecanismo con el que la Unidad de Tierras le da prioridad a una región para documentar los casos y presentarlos en demanda ante un juez de restitución, previo concepto favorable de seguridad de la Fuerza Pública. A febrero de 2014 han sido microfocalizadas 195 zonas que alcanzan un total de 4.320.952 hectáreas, pero en varias regiones los reclamantes siguen denunciando amenazas en su contra y en algunos casos quienes han recibido la titularidad de los predios no han podido regresar a ocuparlos.
 
Se ha evidenciado además que la presencia de cultivos ilícitos tiene correlación con algunas de las zonas microfocalizadas, especialmente en Catatumbo, Putumayo, sur del Meta, Cauca, sur de Córdoba y Bajo Cauca. La presencia de estos cultivos tiene tras de sí a estructuras armadas ilegales que se financian del narcotráfico y están dispuestas a controlar territorios a través de la violencia. 
 
Desminado humanitario 
 
A través del informe se insta al Gobierno Nacional para que diseñe una arquitectura institucional de corte operativo que permita avanzar ágilmente en las tareas de desminado humanitario, aspecto clave para que la materialización de la política de restitución. 
 
La Comisión de Seguimiento ha evidenciado que es necesario mejorar la información sobre la contaminación real que existe en los territorios a restitutir, revisar los procesos y requerimientos de las diferentes etapas del desminado, y optimizar los recursos y fortalezas de las organizaciones civiles de desminado humanitario con el conocimiento del Batallón de Desminado de las Fuerzas Militares en el despeje y liberación de tierras. 
 
Términos de los procesos 
 
De 113 expedientes revisados por la comisión para la construcción del informe, se calculó un promedio de 70 días hábiles entre el inicio del análisis formal y la resolución de inclusión en el registro, y en 36 casos estos términos alcanzaron más de 90 días, cuando la norma señala que son 60. Si se tiene en cuenta el tiempo en que los procesos estuvieron suspendidos, solo 44 cumplieron con los términos establecidos. 
 
Se evidenció asimismo que el tiempo promedio transcurrido entre la presentación de la solicitud de restitución (demanda) y el fallo, es de 237 días (ocho meses), lo que es preocupante si se tiene en cuenta que por ley los jueces tienen cuatro meses para fallar, dentro del marco de justicia transicional.
 
Actores de la restitución de tierras
 
Respecto de la fase judicial, llama la atención de la comisión el bajo número de opositores representados por una entidad del Estado, pues la mayoría debe recurrir a apoderados particulares, situación que desde el 2012 a la fecha no ha presentado ningún cambio significativo. 
 
Se ha podido identificar además que los opositores no siempre corresponden al perfil considerado por el legislador al diseñar la Ley 1448 de 2011 (poderosos empresarios o personas naturales con alto nivel adquisitivo, narcotraficantes o testaferros), sino que en muchas ocasiones son víctimas del conflicto armado o campesinos vulnerables que adquirieron los predios de buena fe y no cuentan con los recursos suficientes para contratar un abogado que los represente, situación que constituye un desequilibrio procesal y la vulneración de un derecho fundamental como el debido proceso. 
 
Asimismo, la comisión señala la importancia de que los magistrados de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, que conocen del recurso de revisión y que en su momento podrían constituirse en el órgano de cierre del proceso de restitución de tierras, sean vinculados a los escenarios académicos de discusión organizados por la institucionalidad y por la misma Rama Judicial.
 
La fase posfallo
 
En el informe de seguimiento a la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras se indica que para la entrega material de los predios se require una planeación previa a la diligencia, que permita advertir situaciones que pueden afectarla, como la presencia de personas en condición de vulnerabilidad sobre el predio. Asimismo, se destaca la importancia de que los jueces promiscuos municipales, comisionados para realizar la entrega, tengan el conocimiento y los recursos necesarios para realizar dichas diligencias, pues el esfuerzo del proceso administrativo y judicial no puede descuidarse en las diligencias de entrega material.
 
La comisión señala que aun cuando el proceso de restitución de tierras es una acción de naturaleza jurídica propia e independiente, el esfuerzo del Estado debe concebirse como un estímulo al goce efectivo de derechos sobre la tierra a través del retorno, por lo que es necesario atraer a la población restituida a los territorios que abandonaron con la ampliación de una oferta de servicios que garantice la estabilización. Esto se puede lograr a través de la coordinación y coincidencia territorial de ambas políticas y la priorización de territorios donde se aborden varios casos aprovechando las economías de escala que tiene la intervención acumulada y coordinada sobre áreas determinadas.
 
Asimismo, es fundamental la coordinación institucional para mejorar el cumplimiento de las órdenes complementarias relativas al alivio de pasivos y proyectos productivos, pero también se advierte la necesidad de que las entidades cuenten con hojas de ruta especiales para atender las órdenes de manera oportuna, ágil y efectiva, en la medida en que no se pueden tener ni procedimientos ni tiempos ordinarios para atender la Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras.
 

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