Boletín 928

En segunda instancia, la Procuraduría General de la Nación confirmó destitución e inhabilidad de 10 años a concejal de Cartagena

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Por ejercer el cargo de elección popular estando incurso en situación de inhabilidad.

• El fallo fue proferido por la Procuraduría Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa.

• Contra el presente fallo sancionatorio no procede recurso alguno.



La Procuraduría General de la Nación, en fallo de segunda instancia, confirmó la sanción en contra de Jaime Domingo de Ávila Fernández, en calidad de concejal del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias (Bolívar), consistente en destitución e inhabilidad general por el término de 10 años, por ejercer ese cargo estando incurso en situación de inhabilidad.

El disciplinado De Ávila Fernández, estando inhabilitado para ejercer ese cargo de elección popular ya que en septiembre del 2007 fue condenado a la pena principal de 25 meses de prisión y 4 días de salario mínimo mensual vigente por el delito de inasistencia alimentaria con su hija, se posesionó en enero de 2012 como concejal, percibiendo recursos públicos de manera injustificada y directamente a favor de su propio patrimonio hasta el 16 de abril del mismo año, fecha en que la presidencia de la corporación, acatando una orden del Tribunal Contencioso Administrativo de Bolívar, decretó la suspensión provisional de su elección.

Para el Ministerio Público, el concejal debió tener conocimiento del régimen de inhabilidades e incompatibilidades que aplican para los miembros de las corporaciones públicas de origen popular, independientemente del grado de instrucción que tuviera para el momento de la posesión, máxime si había laborado en otras entidades oficiales.

Con este proceder, el concejal infringió la ley 617 de 2000 y el artículo 48 del Código Disciplinario Único, calificándose la falta como gravísima a título de dolo.

Contra el presente fallo sancionatorio no procede recurso alguno.
 

. . . .

Noticias Relacionadas

 
×