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viernes, 3 diciembre 2021 11:32 AM

PROCURADURÍA CONFIRMÓ SANCIÓN A EXGERENTE DE INDEPORTES CUNDINAMARCA, FABIOLA JÁCOME RINCÓN

 

  • En decisión de segunda instancia, la Sala Disciplinaria modificó parcialmente el fallo inicial que destituyó e inhabilitó a la exfuncionaria por 14 años y en su lugar la suspendió por seis meses.

Bogotá, 3 de diciembre de 2021 (@PGN_COL). La Procuraduría General de la Nación confirmó sanción a la exgerente de Indeportes (Instituto Departamental de Deportes) Cundinamarca, Fabiola Jácome Rincón, por omisión al declarar bienes y situación financiera en el año 2016.

En decisión de segunda instancia, la Sala Disciplinaria modificó parcialmente el fallo inicial que destituyó e inhabilitó a la exfuncionaria por 14 años y, en su lugar, la suspendió por seis meses, sanción que se convertirá en salarios de acuerdo con lo devengado por Jácome Rincón para la época de los hechos.

El órgano de control estableció que la exdirectora incurrió en falta disciplinaria ya que al elaborar el formulario único que contiene la declaración juramentada de bienes y rentas y actividad económica privada de persona natural que exige la Ley 190 de 1995, calló parcialmente la verdad en cuanto a su situación financiera, patrimonial y de participación en sociedades comercial, tanto al momento en el que ingresó a la función pública, como cuando se retiró.

La Procuraduría determinó que Jácome Rincón omitió declarar, entre otras, cuentas de ahorros, vehículos y propiedades, y guardó silencio sobre su participación como socia en una empresa de construcciones.

“Así las cosas, queda demostrado que la señora FABIOLA JÁCOME RINCÓN, en su condición de gerente general de Indeportes de la Gobernación de Cundinamarca, incumplió el deber de declarar en el formato de declaración de bienes y rentas la totalidad de sus bienes y participaciones, como lo exige la Constitución Política y la Ley 190 de 1995”, sostuvo la Sala Disciplinaria.

Dentro del material probatorio la Procuraduría encontró que la disciplinada declaró ante la DIAN los bienes y participaciones societarias y así lo certificó la contadora. No obstante, según el ente de control esto “no desvirtúa el incumplimiento del deber de consignar en su declaración de bienes, presentada ante la entidad en la cual ejerce funciones públicas, con la relación e identificación de bienes patrimoniales actualizada”.

Para el ente de control la exgerente afectó los principios de moralidad administrativa, transparencia y publicidad, que tienen como propósito que los servidores públicos se apeguen al ordenamiento jurídico y sean transparentes en sus actuaciones.

No obstante, la Sala Disciplinaria encontró criterios atenuantes que favorecían a la exfuncionaria, por lo que modificó la calificación de la falta disciplinaria a grave cometida a título de culpa grave.
 

AMBJ /dfe | Fecha Publicación: viernes, 3 diciembre 2021 11:32 AM

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