Boletín 426

"La figura utilizada para la paz desborda los efectos constitucionales y estatutarios propios de ese mecanismo de participación", viceprocuradora Martha Isabel Castañeda Curvelo en audiencia sobre el plebiscito para la paz

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

 •La audiencia pública se efectúa en la Corte Constitucional durante el día de hoy. 

“La Procuraduría General de la Nación  es una de las defensoras de la paz en Colombia, tal vez el disentimiento consiste en el mecanismo utilizado, hemos insistido en la refrendación popular”, manifestó la viceprocuradora general de la Nación, Martha Isabel Castañeda Curvelo en el marco de la audiencia pública que realiza en día de hoy la Corte Constitucional sobre el proyecto de Ley que pretende aprobar el plebiscito especial propuesto por el gobierno, como mecanismo de participación al cierre de las negociaciones con las FARC.
 
Al respecto, enfatizó que “no estamos en contra de la paz, eso sería absurdo, y mucho menos de los procesos de diálogo, si no que hemos hecho algunas manifestaciones relativas a cómo debería blindarse y cumplirse ese acuerdo final”.
 
De igual forma, la doctora Castañeda Curvelo precisó que existen reparos al proyecto de Ley que se discute, entre otros que “el plebiscito para la paz, como está en el proyecto de Ley Estatutaria, no es idóneo, ya que consagra efectos normativos que no son propios de este mecanismo de participación ciudadana”, aclarando la funcionaria que esto “implica una gran reducción de las medidas que serían necesarias para proteger la libertad del elector y el principio democrático”.
 
La viceprocuradora planteó algunas falencias en el proyecto de Ley, entre las que preocupan, que esa propuesta reduce la participación del Congreso de la República, dado que el silencio de los senadores se entendería como una aceptación tácita a favor de la realización del plebiscito; y, que mientras que la actual normatividad estipula que para estos casos se requiere del concepto favorable del Senado de la República, el proyecto de Ley en cuestión, señala que “el plebiscito para la paz se entiende aprobado cuando ninguna de las dos cámaras lo impruebe con la votación de la mayoría de asistentes”.
 
Sobre el umbral necesario que propone el proyecto de Ley, la doctora Martha Isabel Castañeda afirmó que “la finalidad del plebiscito especial es la de legitimar democráticamente lo que se acuerde en la mesa de negociación en La Habana, no obstante ese objetivo no se cumple cuando se permite que una porción muy pequeña del pueblo colombiano tenga la capacidad de dar esa pretendida legitimidad”.
 
“La figura utilizada para la paz desborda los efectos constitucionales y estatutarios propios de ese mecanismo de participación al tener efectos normativos y jurídicos sobre los que incluso en este momento no tenemos claridad”, indicó la representante del Ministerio Público.
 
“Si bien es cierto el acuerdo final de La Habana es sobre la paz, este es la suma de varios acuerdos que tienen contenidos complejos que demandan un análisis cuidadoso y profundo”, expresó la viceprocuradora, agregando que “se pretende someter a votación asuntos trascendentales para el Estado como la redistribución de la tierra, la participación en política y la reparación integral a víctimas, temas que la ciudadanía merece la divulgación y una pedagogía seria y neutral de sus contenidos y alcances”.
 
Sobre el término de 30 días antes de la realización del plebiscito para la publicación del acuerdo final, dijo que es insuficiente y señaló que se requiere que se de un espacio de deliberación real, en el que la ciudadanía pueda conocer el contenido de lo pactado y al mismo tiempo tengan la oportunidad de expresar sus opiniones al respecto.
 
A lo anterior, le sumó que “para el Ministerio Público el texto del acuerdo final no solo se debe publicar antes de las votaciones del plebiscito, sino que además el pueblo y el Congreso de la República debe conocerlo antes de que el legislativo se pronuncie sobre la viabilidad de su convocatoria”.
 
Finalmente, al viceprocuradora general de la Nación propuso que “la Registraduría también puede, junto con el gobierno, asumir el liderazgo de la divulgación del acuerdo final, por ser un ente autónomo e independiente dentro de la estructura del Estado, garantizando la neutralidad que necesitan los colombianos para formarse su propio criterio sobre el asunto”.  
 
La audiencia pública se extenderá durante todo el día en el recinto de la Corte Constitucional.
 

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