Boletín 1181

Mediante decisión de segunda instancia, destituido exalcalde de Guacarí (Valle del Cauca)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

En fallo de segunda instancia, la Procuraduría General de la Nación confirmó la destitución e inhabilidad por 10 años impuesta al señor Fabio Humberto Piedrahita, en su calidad de alcalde municipal de Guacarí (Valle del Cauca), porque mediante decreto adoptó el presupuesto de la vigencia fiscal 2007 y se autofacultó para modificarlo.

En la misma determinación disciplinaria fue suspendido por 12 meses el señor José Raúl Concha Arce, en su calidad de secretario de Hacienda, sanción que se convertirá en salarios en el evento en que haya cesado en el ejercicio de sus funciones.

El Ministerio Público estableció que el señor Navarro Piedrahita adoptó mediante decreto expedido el 29 de diciembre de 2006 el presupuesto de rentas y apropiaciones para la vigencia fiscal 2007, haciendo caso omiso a las restricciones que el concejo municipal había hecho a éste respecto a las facultades de reducir y trasladar partidas dentro de la misma vigencia.

Consecuentemente se autofacultó para viajar al exterior para realizar trámites propios de su cargo, reducir o trasladar partidas insuficientes dentro de la vigencia 2007 e “incorporar al presupuesto de ingresos y gastos aquellas partidas de destinación específica o recursos de cofinanciación y regalías que lleguen al municipio por proyectos de inversión presentados y los recursos del Fosyga y régimen subsidiado.

Se advierte que el entonces mandatario ordenó modificaciones al presupuesto de rentas y apropiaciones para la vigencia fiscal 2007 a través de decretos de adición, traslados y creación de créditos nuevos,   “arrogándose las facultades que el Concejo le negó cuando presentó el proyecto inicial”.

Finalmente, el Ministerio Público cuestionó la conducta pasiva del entonces secretario de Hacienda frente a la expedición del decreto mediante el cual el entonces alcalde adoptó el presupuesto de rentas y apropiaciones para la vigencia fiscal 2007.

La Procuraduría señaló que contra esta decisión disciplinaria no procede recurso alguno.
 

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