Boletín 880

Mediante fallo de primera instancia, Procuraduría General de la Nación sancionó a exalcalde de Soledad (Atlántico)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• La determinación disciplinaria fue dada a conocer en audiencia pública adelantada en la ciudad de Barranquilla (Atlántico).

 

En firme quedó la suspensión por dos meses impuesta por la Procuraduría General de la Nación mediante decisión de primera instancia contra el señor José Alberto Zapata Guerrero, exalcalde del municipio de Soledad (Atlántico), por incumplimiento de sus funciones como mandatario municipal.

Se estableció que el señor Zapata Guerrero no asistió a la reunión del Segundo comité territorial conjunto ampliado de atención a la población desplazada, convocado para el 20 de diciembre de 2011 por la Unidad de Coordinación Conjunta PIU, desconociendo lo establecido en el Decreto 1997 de 2009 que establece que es “obligación de los alcaldes municipales de asistir, sin delegar, a las reuniones que se convoquen para efectuar el seguimiento a la implementación de los Planes Integrales Únicos”.

Para el Ministerio Público es claro que desde el primer comité el alcalde había adquirido un compromiso especial con el mismo, dado que el municipio que representaba era uno de los siete priorizados para hacerse seguimiento en los avances de la política social que con el programa se impulsa; “de manera que el alcalde de Soledad sabía que antes de culminar el año se habría de convocar el segundo comité y en desarrollo del mismo, él debía presentar rendición de cuentas de logros, avances y dificultades en la implementación de la política pública de atención al desplazamiento forzado por parte de los mandatarios locales”. 

Con su conducta, el disciplinado vulneró la Constitución Política y el Código Único Disciplinario en lo referente a los deberes que atañen a todo servidor público así como el incumplimiento de estos. 

La determinación disciplinaria quedó en firme teniendo en cuenta que no se presentó recurso de apelación contra el fallo proferido.    
 

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